Menores y delito
Señor director:
Vienen a la memoria algunas de la ideas esbozadas por Miguel de Subiría Sámper en su libro Cómo prevenir la soledad, la depresión y el suicidio en niños y jóvenes. Este autor habla de la crianza permisiva, aquella que se orienta a causarles a los niños y a las niñas la menor incomodidad posible. Esta actitud de parte de madres y padres ha tenido como consecuencia la formación de niños frágiles, inseguros, con tendencia depresiva, y con muchas dificultades para enfrentar las adversidades naturales de la vida.
Esta observación se relaciona con otra idea que considera que a los niños y a las niñas no hay que hablarles de deberes, sino de sus derechos, un modo de pensar que en la práctica se ha venido ejecutando con frutos inmediatos.
Esos modelos de crianza, esos patrones socioculturales, junto al abandono social y familiar, son factores asociados a la delincuencia, y que están forzando a la misma sociedad a endurecer significativamente las sanciones para menores que se organizados (o no) en bandas, cometen muchas clases de delitos. Se trata de enviar un mensaje de cero tolerancia sin importar rangos de edad ni procedencia social de quien cometa los actos, importando solo el daño a la sociedad a partir del daño a particulares, a las víctimas. Quienes sufren la pérdida de un familiar, o de alguien muy cercano, sabe que ese dolor probablemente nunca sea superado y no se mitiga por saber que murió a manos de un menor.
Hoy el tema del sicariato es un nuevo tormento que afecta a la ciudadanía y a la Justicia. ¿No podría, eventualmente, la Ley 136- 03 tal y como está ahora, facilitar la utilización de menores para esas acciones carentes de sentimiento de humanidad y de compasión?
La sociedad dominicana, hoy sacudida por los antivalores, precisa de un adecentamiento al más amplio nivel, no solo en el judicial, pero siempre ha de comenzarse por un punto en particular, y la modificación del Código para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es una evidente necesidad. La sociedad tiene que exigir que esta ley, modificada, se aplique sin distinción de clase o de cualquier otra consideración, y que el Estado elabore y ejecute políticas públicas para el combate a la pobreza, el desempleo, acceso a la educación, orientación y apoyo psicosocial a la familia.
Atentamente,
Melania Emeterio Rondón
Santiago

