Página Dos

Cójanlo

Cójanlo

No se entiende por qué la insistencia  en  señalar que la nueva Constitución, votada en 2010, ordena que la Dirección Nacional de Control de Drogas pase  al control administrativo de la Procuraduría General de la República, porque  en el Texto Sustantivo no se lee tal mandato.

Lo que se señala en la Constitución es que el Ministerio Público es el  titular de la investigación penal, rol que  puede ejercer  perfectamente sin  pretender  esa carga burocrática que significa regentear un organismo cuya  capacidad de acción  sobrepasa los límites jurisdiccionales del procurador general.

Los fiscales acompañan al personal de la DNCD en todas las diligencias procesales, desde  un allanamiento,  presentar  cargos contra  imputados ante  el juez  de lo preliminar, sustentar la acusación en el juicio de fondo y participar en diseño de políticas de prevención y combate al narcotráfico. Si  el mandato constitucional se interpretara de modo tan estricto, entonces la Policía Nacional pasaría  al control absoluto del Ministerio Público, lo mismo que todas las agencias de inteligencia de las Fuerzas Armadas, pues de algún modo participan en asuntos relacionados con la investigación penal. ¿Qué se persigue realmente?

El Nacional

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