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Corte apela sentencia liberó coronel PN

Corte apela sentencia liberó coronel PN

El Ministerio Público apeló la sentencia que puso en libertad al exteniente coronel de la Policía, Johan Emilio Liriano Sánchez, vinculado a una presunta red al servicio del narcotráfico y sicariato en el país. La decisión fue tomada por el Ministerio Público al no estar de acuerdo con la sentencia del Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal, que le varió la medida de coerción que tenía el imputado.

El tribunal varió la medida de coerción de prisión preventiva en contra del imputado, por una garantía económica de RD$100,000, a través de una póliza de seguro, impedimento de salida y presentación los días 30 de cada mes por ante el Ministerio Público que lleva la investigación.

Dichos requisitos fueron cumplidos de inmediato por los abogados de Liriano Sánchez, por lo que el Ministerio Público ha precisado ordenar su puesta en libertad. Sánchez Liriano está acusado de formar parte de una banda compuesta por 13 personas, y que encabezaba el prófugo Salomón Eusebio Rosario (Piki).

Según la Policía, el grupo de alegados matones por paga operaba en La Romana, como centro de mando, para asesinar y realizar cobros compulsivos a personas vinculadas al tráfico de drogas y lavado de dinero.

La Policía dijo en noviembre de 2013 que pudo demostrar que Liriano Sánchez, quien ocupó cargos importantes en la Dirección Nacional de Control de Drogas, hizo transacciones de venta irregular de viviendas a personas vinculadas al sicariato.

Además, según informó la Policía, en la finca del teniente coronel, en San Cristóbal, se albergaron a los difuntos sicarios Juan Félix Cordero Febles (Copelín) y Edgar Rafael Rijo Astacio (Maestrico).

También se le vincula a la falsificación de la firma de Copelín en un contrato de alquiler dos días después de su muerte.

Silvio Cabrera

Silvio Cabrera, periodista especializado en temas judiciales, diplomado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM).