Opinión Articulistas

En otras palabras: Nuestro Escudo

En otras palabras: Nuestro Escudo

Pelegrín Castillo Semán

Después de la Cumbre Presidencial del Doral, convocada por el Presidente Donald Trump, donde se asumió la política del Escudo de Las Américas, el gobierno dominicano debería adoptar, en principio, y con base en el artículo 260 de Constitución de la República, relativo al combate del Crimen Organizado Transnacional como objetivo de alto interés nacional , las siguientes previsiones:
1) Aprobación de ley que declara estado de excepción para la defensa y el estado de excepción para la emergencia, en toda la región fronteriza.

Reiteramos que las bandas o milicias terroristas en Haití constituyen nuestro mayor peligro, y pueden ser intrumentalizadas por el crimen organizado transnacional para provocar un conflicto insular o la desestabilización regional.

Declaración de urgencia para la conclusión del Muro Fronterizo con la incorporación de tecnologías avanzadas, y el establecimiento de los mercados fronterizos binacionales dentro de zonas cerradas y bajo vigilancia.

2) Aprobación del proyecto de Ley de Interceptación Aérea y Marítima, con los protocolos para el derribo y hundimiento de naves y aeronaves dedicadas a actividades de tráfico de drogas dentro de los espacios marítimos y aéreos de jurisdicción nacional. Reforzar las medidas de defensa contra posibles ataques con drones para usos bélicos, que son de empleo cada vez mas frecuente en Haiti.

3)Puesta en operación de los Radares 3D de largo alcance y sistema integrado de mando y control aéreo y naval. Dicho proyecto realizado en cooperación con Israel, está paralizado sin explicación desde 2009. Colocación de torres de radares de costa para la vigilancia marítima.

4)Aprobación de la Ley que crea Tribunal especial de Jurisdicción Nacional para los casos de criminalidad compleja, y aplicación de la ley de extinción de dominio y las leyes de lavados de activos para combatir la criminalidad organizada. Aprobación de medidas de derecho penal del enemigo en el Codigo Procesal Penal.

5)La comisión nacional de lucha contra el terrorismo debe tomar medidas estrictas de prevención en materia de control de sustancias químicas, inflamables, explosivas, así como de las operaciones de drones en el territorio nacional y en los alrededores de infraestructuras críticas.

6) Aprobar sin más dilaciones la ley que soporta el escudo cibernético de la República, y adoptar medidas estrictas para la identificación biométrica tanto para las personas que reciben remesas desde el exterior y adquieren equipos y paquetes telefónicos.

7) Todas las embarcaciones de RD de 21 pies de eslora deben dotarse de un localizador, y debe establecerse un registro riguroso de los pescadores y sus instituciones. dos.

El Nacional

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