El Nacional
Todo trabajador tiene derecho a un descanso semanal ininterrumpido de 36 horas, según lo establece el Código de Trabajo. Sin embargo múltiples empresas violan ésta y otras disposiciones, y los empleados de bancas y bares, por ejemplo, tienen que aceptar, obligados por la ignorancia, horarios y condiciones laborales que en algunos casos rozan la esclavitud: más de 57 horas de trabajo a la semana, sin días libres ni vacaciones, con un horario que les compromete tres tandas, sin seguro médico, ni otros beneficios que tiene la mayoría de los trabajadores.
Rosalinda Estévez (nombre ficticio de una vendedora en una banca de apuestas) no disfruta de día libre desde que inició en el puesto hace casi un año, y cuando tiene algún compromiso de salud o familiar debe pagar de su sueldo a la persona que la sustituya.
El Código de Trabajo parece letra muerta para los propietarios de muchos de esos tipos de negocios que establecen horarios de 58 horas semanales, cuando la ley 16-92 dispone, en el artículo 147, que las horas laboradas no pueden sobrepasar las 44 a la semana.
No obstante eso, el horario de Rosalinda está distribuido de la siguiente manera, de lunes a sábado: de 8:00 a 10:00 en la mañana y de 3:00 de la tarde a 9:00 de la noche. Esto suma 48 horas, entonces, como el domingo es el día de mayor venta debe ir de 9:00 de la mañana a 6:30 de la tarde, es decir nueve horas y media, sin derecho a cerrar al mediodía para almorzar.
Es decir, que esta mujer, y muchas como ella, trabaja 57 horas y media en la semana. No le queda ni una tanda libre para estudiar, recrearse o simplemente compartir con su familia.
Si el trabajador presta servicio en el período de su descanso semanal, puede optar entre recibir su salario ordinario aumentado en un ciento por ciento o disfrutar en la semana siguiente de un descanso compensatorio igual al tiempo de su descanso semanal, precisa el artículo 164 de Código que rige el trabajo en el país.
Claro, Rosalinda nunca ha recibido ese sueldo doble por los domingos, mucho menos por los días feriados, los cuales debe trabajar siempre.
Los sueldos de las personas que laboran en muchas de las bancas de lotería es de cuatro mil 800 a seis mil mensuales, que reciben en cuotas semanales.
Entre las consultadas sólo una dijo que la empresa la inscribió en una Administradora de Riesgos de Salud (ARS), y que tenía días libres cada semana.
Vacaciones
Las vacaciones son otro derecho que los dueños de bancas restringen a sus empleados. Todo un año de trabajo ininterrumpido y no pueden disfrutar de los 14 días pagados que manda el artículo 177 del Código de Trabajo.
Rosalinda aun no cumple el año en esa empresa, pero ni sueña que tendrá vacaciones por el ejemplo de otras amigas banqueras, algunas de las cuales han laborado por cinco años sin disfrute de algún período de vacaciones pagas.
Atados al trabajo
La falta de conocimiento de las leyes y la necesidad de permanecer en empleos, aunque ellos violen derechos establecidos en la ley, obliga a miles de dominicanos a permanecer en trabajos mal pagos, en los que violan sus derechos y en los que no tienen ninguna seguridad y estabilidad laboral. Otra práctica generalizada es el cobro de multas excesivas por tardanza.
Esa situación se vive en bares y restaurantes que cobran hasta 500 pesos de multas por retrasos en la llegada a empleados que ganan cuatro mil pesos y menos. Y sólo dependen de propinas, las cuales se empeñan en conseguir a toda costa. Generalmente son más serviciales y chulas de lo moralmente establecido con los hombres, porque de ello depende el tamaño de la propina que dejen.
Dos tardanzas en un mes representan el 25 por ciento del sueldo de cualquier mesera, las cuales centran su atención en las propinas más que en su insignificante sueldo. Los mil pesos que pierden por dos tardanzas, lo buscan en las propinas.
Los afectados callan muchas veces por temor a perder los empleos con que precariamente subsisten.

