El impasse entre Ministerio Público y Policía de San Juan de la Maguana, que se dice en vía de solución, debería motivar el cumplimiento de normas que eviten que los fiscales se vuelvan policías o los policías, fiscales.
De conformidad con la ley, el Ministerio Público actúa como jefe de la Policía Judicial, con facultades para dirigir las investigaciones relacionadas con la comisión de crímenes y delitos.
Empero, el liderazgo en la búsqueda y recepción de fardos probatorios ha estado siempre del lado del cuerpo del orden, en razón de que posee mejores instrumentales y mayor experiencia que el Ministerio Público para ejercer esa labor.
El nuevo Código Procesal Penal ha despojado a los fiscales de la jefatura en la conducción de la investigación penal, pues pone en mano del juez de instrucción decidir sobre la pertinencia de cualquier diligencia procesal que sugiere el fiscal o la Policía, tales como allanamientos, arrestos o cualquier medida de coerción.
En el anterior Código de Procedimiento Criminal, el fiscal tenía potestad para decretar orden de arresto contra procesado y enviar el expediente correspondiente por ante la jurisdicción de Instrucción. Pero ahora sus acciones están bajo la supervisión de un juez de lo penal.
Policías y fiscales confunden o extravían sus papeles, ante la ausencia de una clara regla que precise el alcance de la ley respecto a ambas instituciones. Es común observar a un fiscal que se cree policía o a un uniformado que obra como Ministerio Público.
Lo ocurrido en San Juan de la Maguana, donde el procurador fiscal y todos sus ayudantes advirtieron que no conocerían ningún expediente incoado por la Policía, debería motivar un mejor entendimiento entre la Procuraduría General de la República y la jefatura Policial.
Ministerio Público y Policía han de actuar de manera armoniosa en la persecución de los crímenes y delitos, sin que el fiscal se crea policía ni el uniformado pretenda enfundarse la toga del fiscal.

