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Fiscalía apelará fallo condenó a dos violadores

Fiscalía apelará fallo condenó  a dos violadores

El Pais, Fachada del palacio de justicia y la fiscalia de san cristobal. Hoy Eddy Gomez, 27-4-16

La Fiscalía del Distrito Nacional anunció que apelará la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que condenó ayer a 5 y 10 años de prisión a dos acusados de violar sexualmente tres adolescentes en ritos satánicos, por considerar que fue una pena irrisoria frente a la naturaleza del hecho.

Los fiscales Julio Saba Encarnación y Johnny Núñez Arroyo manifestaron que recurrirán la decisión ya que, a su juicio, debieron imponerle una pena mayor.

“Nosotros entendemos que se ha cometido una aberración jurídica al imponer esas penas irrisorias en un caso tan grave como este, que ha llevado desasosiego a la sociedad dominicana” expresaron los fiscales litigantes”, argumentaron.

Condena

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a cinco años de prisión a Sobeida María Baldera Peña y a 10 años a Franklin Alberto Ventura Cruz, hallados culpables de cometer violación sexual, maltrato psicológico y otros delitos en perjuicio de tres adolescentes con edades entre 15 y 17 años.

Los acusados Baldera Peña y Ventura Cruz, quienes sostienen una relación de pareja, para cometer los actos ilícitos atrajeron a los jóvenes a través de las ONG “Ministerio de Dios” y “Casa de la Misericordia”, y los motivaban a participar en una comparsa denominada “Los Nosferatus”, con la excusa de ofertarles cursos de manualidades y pintura. Una vez dentro los obligaban a tener relaciones sexuales con el condenado y entre ellos mismos”, detalla el expediente de la Fiscalía.

El hecho ocurrió el 10 de abril del 2014, en la calle Luis Reyes Acosta, del sector 27 de Febrero.

La Fiscalía aduce en su escrito acusatorio que los condenados atraían a las víctimas para iniciarlas en cultos satánicos que éstos practicaban, sometiéndolos a diversos ritos, como escribir cartas a Lucifer, las cuales debían firmarlas con su propia sangre.

El Ministerio Público ha calificado la conducta de los acusados de violación a los artículos 265, 266, 330 y 331 del Código Penal y 396 literales B y C de la Ley 36-03 para la Protección de los derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

El Nacional

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