General P.N. y Coronel P.N.
¿Están ustedes de acuerdo con aumentar las penas, tal y como propone el anteproyecto de Código Penal Dominicano?
Por supuesto que no, pues se ha demostrado que la efectividad de la justicia no radica en la dureza de sus sanciones. Además en la República Dominicana se desconocen casos en los que se haya cumplido una sentencia de sanción de 30 años que es la pena máxima que existe. Esa es la opinión de Juan Tomás que difiere de su coautor de columna, Damián Arias, quien afirma, Por supuesto que sí. Está de acuerdo en que se aumenten las penalidades, es decir, la gravedad de las sanciones a las personas justiciables por la comisión de hechos punibles contrarios y violatorios a la normativa penal dominicana.
Ahora bien, el aumento de las sanciones debe ir parejo con la impartición sana de justicia penal y con la aplicación de una verdadera reforma penal, procesal, de auxiliares, carcelaria y, en fin, una reforma total y positiva de todo el aparato estatal de administración de justicia.
El cúmulo de pena debe establecerse, porque actualmente una banda de delincuentes o un delincuente cualquiera comete una cadena de hechos delictivos, que incluyen muchas veces crímenes y delitos sancionados y debidamente tipificados en el Código Penal, sin embargo, al no existir el cúmulo de pena, paga por uno solo, los demás en términos técnicos reales, le salen gratis.
Las penalidades deben traer temor respetuoso de parte del ciudadano que debe temer al castigo y por eso se convence de que no debe violar la ley establecida. Si se le pone la cosa fácil, como ocurre actualmente con la justicia, el crimen y el delito se hacen atractivos y por ende aumentan las violaciones a la ley penal.
Entendemos que debe hacerse la reforma total del sistema, pero además debe dosificar las sanciones penales, combinándola con sanciones de apremio corporal junto a sanciones pecuniarias.
Estableciendo la figura del cúmulo de pena, si ha violado sexualmente a alguien, una condena; por robo, otra condena; por tráfico y consumo de drogas, otra condena; por falsificación de documentos y estafa, otra condena, entonces así, podrá acumular la cantidad de años en la cárcel suficientes para tratar de pagarle a la víctima y a la sociedad, la comisión de todos sus delitos y crímenes.
Una corriente de pensamiento es romántica al creer que la cárcel debe ser un espacio para reformar al delincuente, mientras que otra corriente piensa que la cárcel no reforma al delincuente, por lo que son opuestos al aumento de las penas. Pero lo que si está claro es que lo más justo de la justicia es que ésta sea lo menos violenta y traumática, para los involucrados en situaciones penales ya sea como víctima o victimario.
El hecho de que una ley o un código sea garantista, y es de esperarse que todo código y toda ley lo sean, no significa que ha de parcializarse con el victimario y dejar las víctimas casi a su suerte, desprotegidas y sin reconocerles el universo de derechos de que en su calidad de ciudadanos gozan.
El monopolio de administración de justicia por parte del Estado es la principal forma de control social, pues el ciudadano debe sentir que las normas en violación serán sancionables.
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