Juan Tomás Taveras
MAyor General (R) P.N.
Infoseguridad007@gmail.com
Al presidente constitucional Danilo Medina (3 de 3)
Señor Presidente, como jefe supremo de militares y policías, con la misma humildad y preocupación le reiteramos algunos ejemplos que muestran nuestro retroceso en los asuntos de seguridad y defensa: como preámbulo, es vital acentuar, que la mayoría de sus asesores son personas que guardan resentimientos y frustraciones por el rol represivo y equivocado que históricamente los Gobiernos dominicanos le han designado y legado a la Policía Nacional. Los gobiernos son y han sido los culpables no la Policía, de ese rol que les ha tocado jugar, y es tiempo de revertirlo, humanizando o dignificando los policías y sus funciones.
El 19 de septiembre de 2013, el Poder Ejecutivo promulga Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, No. 139-13 el 13 de septiembre de 2013, en la cual se hacen importantes modificaciones en beneficio de los soldados y el fortalecimiento de algunas áreas instituciones castrenses. Lo que valoramos y vemos bien. Pero por otra parte, tiene varias agravantes sumamente preocupantes, amenazantes y contradictorias a la Constitución, en cuanto a los contenidos policiales y a nuestra condición definida en: “1)- Artículo 7.- Estado Social y Democrático de
Derecho.
2)- Artículo 8.- Función Esencial del Estado.
Por lo que debemos preguntarnos: ¿Requiere el Estado y la sociedad priorizar nuestras misiones de defensa, cuando la realidad internacional es que la mayoría de países tienden a reducir sus gastos militares y redireccionarlos a la seguridad pública? y peor aún, cuando se hace en perjuicio de la institución responsable de garantizar la seguridad pública. La ley orgánica policial vigente es buena, sólo necesita aplicarse y adecuar algunos detalles con la Constitución, sin embargo se ha propuesto otra que la sustituye totalmente, contraponiendo derechos y razón de ser de modificar toda ley, que es fortalecerla y mejorarla, pero en esta ocasión los fines parecen ser diferentes y siniestros.
Cabe conocer el artículo 255 de la Constitución: “Misión. La Policía Nacional es un cuerpo armado, técnico, profesional, de naturaleza policial, bajo la autoridad del presidente de la República, obediente al poder civil, apartidista y sin facultad, en ningún caso, para deliberar.
La Policía Nacional tiene por misión:
1) Salvaguardar la seguridad ciudadana;
2) Prevenir y controlar los delitos.
3) Perseguir e investigar las infracciones penales, bajo la dirección legal de la autoridad competente.
4) Mantener el orden público para proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas y la convivencia pacífica de conformidad con la Constitución y las leyes”. Como podemos ver claramente, nuestra Constitución define los roles y responsabiliza a la Policía Nacional de garantizar los derechos, libertades y la seguridad pública o del interior del Estado, así que es inconstitucional y además contrario a las funciones esenciales del Estado, las misiones y tareas que se le han permitido adjudicarse a las FFAA, de manera aviesa y por intereses particulares de sectores militares y políticos; que más temprano que tarde, lamentaremos.
Por último, enfatizar a nuestro Presidente constitucional, que hacen falta políticas públicas serias y ambiciosas en cuanto al tema de la seguridad, que salvaguarden la población y abran oportunidades a la juventud y los talentos excluidos.

