Recientemente el superintendente de Salud y Riesgos Laborales dijo que afirmó que las Administradoras de Riesgos de Salud carece de fundamento legal para negar cobertura de servicios de salud, cuando el médico que lo prescribe no forma parte de esa red.
Al parecer, Pedro Luis Castellanos, desconoce que existen al menos 10 artículos en la Ley de Seguridad Social, así como un decreto presidencial y varios reglamentos de la misma Sisaril que disponen que el modelo de salud en el país descansa sobre un sistema de redes integradas.
Con planteamiento como este, el funcionario podría, quizás sin proponérselo, incentivar un conflicto y crear desconfianza en el sistema poniendo en riesgo la salud de cuatro millones de afiliados, en caso de que se queden sin cobertura por algún mal entendido en la interpretación de la Ley 87-01.
El superintendente sabe que tiene un mandato en la Ley de Seguridad Social y del Consejo Nacional de la Seguridad Social sobre la obligación de poner en vigencia la atención primaria en salud, la cual se debe otorgar a través de las prestadoras del servicio.
Los centros de atención primaria de salud son una necesidad y mandato de Ley
Asimismo fue un error de la Superintendencia pedir a las ARS establecer controles sobre las prestadoras de servicios de salud para la aplicación de protocolos y guías prácticas médicas, sabiendo que esos controles sólo pueden realizarse con las prestadoras del servicios que se encuentren dentro de la red de las ARS correspondiente.
Solamente el pasado año las ARS privadas, dejando fuera a Senasa, ofrecieron a los afiliados 40 millones de servicios, por los que pagaron 30 mil millones de pesos a las prestadoras, entiéndase clínicas, médicos, laboratorios y hospitales.
Los dominicanos queremos mejora en los servicios de salud, para no volver al pasado donde había que recurrir a los hospitales públicos, la mayoría en deterioro progresivo, pero tampoco tener que pagar pagos exhorbitantes en las clínicas privadas para poder curar una enfermedad.

