Estudios realizados con estricta rigurosidad, concluyen con el triste pronóstico de que Haití, en menos de una década no tendrá agua, por la desertización existente allí, generada por la falta de ríos, forestas y sequedad de las cuencas hídricas, lo que provocará una estampida de haitianos ilegales hacia el país en busca del preciado líquido.
Cuando un gobierno no puede cumplir con la obligación de suministrarles los servicios básicos a su población ni controla su territorio, debido a que grupos de antisociales imponen sus reglas en determinadas demarcaciones, se colige la existencia de un Estado fallido, como ocurre en Haití, donde no existe una normativa de Derecho Público que regule sus relaciones con los ciudadanos, un escenario que resulta catastrófico para los dominicanos que pagamos las consecuencias de ese cuadro desolador.
Frente a las adversidades que se avecinan, diferentes gobiernos han tratado de crear un marco legal para garantizar nuestros recursos hídricos, mediante varios proyectos de leyes sometidos al Congreso que, por dejadez y desgano, han perimido, dejando a los dominicanos sin protección para tener abastecimiento de agua para el consumo humano, y para irrigar nuestras zonas agrícolas, afectadas actualmente por una severa sequía, cuyas consecuencias son indescriptibles.
En el año 2013, el senador por San José de Ocoa, Carlos Castillo, elaboró un proyecto que denominó Ley del Agua “, pieza que es similar a otra formulada por él INDRHI, años atrás que corrió el mismo destino, dado que la perención aniquilo ambas iniciativas. Recientemente, otro senador retomó el proyecto y se espera que el mismo sea aprobado lo más pronto posible, pues es urgente que el recurso agua sea protegido para supervivencia de los habitantes de esta media isla.
Hay que subrayar que el agua es un recurso natural, renovable, limitado, insustituible e indispensable para el desarrollo de la vida y de todas las actividades económicas, sociales y culturales que realiza el hombre, por lo que le corresponde al Estado su dominio, incluyendo su administración, control, conservación y protección.
Y de ahí se explica que el uso racional, equilibrado y sustentable del agua obliga a proveer la demanda y sostenibilidad futuras, a fin de elaborar los planes de desarrollo y aprovechamiento pertinentes, en el marco de Un Plan Hidrológico Nacional, lo que exige la creación de un contexto jurídico, capaz de responder a las necesidades de una sociedad y naturaleza cambiantes.
Conforme al diagnóstico de los recursos hídricos nacionales, el pais sólo tiene garantizados, en embalses y lagunas, 8.8 por ciento de la disponibilidad superficial y el 17.9 por ciento de la demanda total del agua.

