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ORTO-ESCRITURA

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Leísmo: otras observaciones  y ejemplos

RAFAEL PERALTA ROMERO

rafaelperaltar@gmail.com

No obstante su difusión y la aceptación en algunos casos, el leísmo no se admite en el habla culta cuando el referente es un ser inanimado. No se dice, por ejemplo: El libro que me prestaste LE leí de un tirón; Los informes me LES mandas cuando puedas. Y tampoco se admite, en general, cuando el referente es una mujer: LE consideran estúpida.

Hay que tomar en cuenta la siguiente distribución: le, les para el masculino de persona; lo, los para el masculino de cosa, y la, las para el femenino de persona y de cosa.

Los académicos consideran complejo este asunto. Explican que el leísmo no es un fenómeno que se dé uniformemente en las zonas consideradas leístas; mientras en las zonas no leístas se documentan casos de leísmo. Conviene ver al respecto la detallada explicación que ofrece el Diccionario panhispánico de dudas (pág. 392), de la cual presentamos un extracto:

a) Los verbos llamados de «afección psíquica» (designan procesos que afectan al ánimo o producen acciones o reacciones emotivas, como afectar, asustar, asombrar, convencer, divertir, impresionar, molestar, ofender, perjudicar, preocupar, etc.), dependiendo de distintos factores, admiten el uso de los pronombres de acusativo —lo, los, la, las— y de los pronombres de dativo —le, les—. La elección de unos u otros depende básicamente de si el sujeto es o no agente activo de la acción y del grado de voluntariedad que tiene o se le atribuye con respecto a la acción designada por el verbo: si el sujeto es animado y se concibe como agente de la acción, el complemento verbal suele considerarse directo y se usan los pronombres de acusativo (A mi madre la asombro cuando como mucho); si el sujeto es inanimado o es una oración y, por tanto, no puede ser concebido como agente directo de la acción, el complemento se considera indirecto y se usan los pronombres de dativo (A mi madre le asombra mi apetito). Por otro lado, con sujetos animados puede darse también esta alternancia, dependiendo de si la acción denotada por el verbo es realizada voluntariamente o no por el sujeto: Su padre, que se había disfrazado, lo asustó (le dio un susto a propósito) / Su padre, que se había disfrazado, le asustó.

b) Los llamados «verbos de influencia» —los que expresan acciones que tienen como objetivo influir en una persona para que realice una determinada acción, como autorizar, ordenar, invitar (‘animar’), permitir, exhortar, etc. — forman parte de la siguiente estructura: «verbo de influencia + complemento de persona + verbo subordinado, en infinitivo o precedido de que, o un nombre de acción»: Le ordené ejecutar la sentencia / Le ordené que ejecutara la sentencia.

El complemento de persona es indirecto con los verbos permitir, prohibir, proponer, impedir, mandar y ordenar: «Esa experiencia le permitió vivir a su manera» «Le prohibió salir de la capital hasta nueva orden» «Le propuso hacer un viaje a la costa; «La penumbra le impide ver con claridad» «Quién le manda meterse en líos”.

 

El Nacional

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