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Los desalojos estarán a cargo de notarios

Los desalojos estarán  a cargo de notarios

Los embargos y desalojos judiciales que en la actualidad realizan los alguaciles serán ejecutados en lo adelante por los notarios públicos, por disposición de la nueva Ley 140-15, que regula el ejercicio de esos profesionales.

La legislación, al entender de algunos abogados expertos en la materia, como Eduardo Tavárez, expresidente de la Asociación de Abogados Independientes, ha creado múltiples alteraciones en el ordenamiento jurídico económico, por sus nuevas disposiciones.

En su artículo 51, acápites 2 y 3, la Ley establece que “se consideran asuntos comprendidos en la facultad exclusiva del notario, mediante el ejercicio de su fe pública, la instrumentación o levantamiento del acta de embargo de cualquier naturaleza; dicha acta, además de las menciones propias, contendrán las enunciaciones establecidas al respecto por el Código de Procedimiento Civil y la instrumentación o levantamiento del proceso verbal relativo a los desalojos, lanzamientos de lugares, protesto de cheques, fijación de sellos y puesta en posesión del administrador judicial provisional. Para todas esas actuaciones, el notario requerirá de dos testigos, a pena de nulidad del acto de que se trate”.

Según Tavárez, se trata de una problemática que implica alzas sustanciales en los servicios que prestan de forma exclusiva los notarios y la incorporación de éstos en nuevas funciones, específicamente la de redactar las actas de embargos, protestos de cheques, desalojos, entre otras.

Recordó que esa ley establece el pago a notarios de mil pesos por hora en la que intervenga y 10 mil pesos cuando redacte el acto de estipulaciones y de divorcios por mutuo acuerdo.