Los policías que hayan sido sancionados disciplinariamente en tres o más veces en los últimos cinco años por faltas graves serán desvinculados del servicio activo y no podrán volver a pertenecer a la Policía, así lo establece el proyecto de Reforma de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
Sin embargo, cuando se trate de un oficial, mando intermedio o agente patrullero que cumpla con los requisitos de acceder a una pensión, su retiro se aplicará como forzoso.
Mientras que cuando no cumpla con los requisitos de la pensión, le serán reconocidos sus derechos a las prestaciones laborales correspondientes de acuerdo con la ley de seguridad social.
Así lo establece el literal (d) del artículo 92 referente a las desvinculaciones y sus causales en el proyecto depositado ayer en el Senado de la República.
En ese artículo también se contempla el retiro por relevo generacional, una causal orientada a la renovación o relevo del personal de carrera policial dentro de las escalas jerárquicas propias de la Policía Nacional, precisa el numeral 2 del mismo artículo.
Otro aspecto a resaltar en el proyecto es la causal de bajo rendimiento académico, entre los que se destacan, cuando pierda por segunda vez el concurso de oposición para ascenso al rango de teniente coronel o cuando pierda el curso de capacitación para ascenso de cualquier rango o cuando fuere convocado al curso de capacitación y faltare en dos ocasiones sin causa justificada.
Cuando el proyecto de ley sea aprobado y convertido en ley, con su entrada en vigencia se regulará el reintegro y ascenso de agentes suspendidos.

