Opinión

QUINTAESENCIA

QUINTAESENCIA

Rafael Ciprián

Funcionarios y derechos

 

La mayoría de los titulares de los órganos y poderes del Estado dominicano, en todos los tiempos de nuestra historia republicana, no han tenido la menor idea de lo que son los derechos fundamentales. Tampoco saben de la gran función que desempeñan. A esos funcionarios no les interesa aprender nada sobre el tema.

Pero el desprecio que muestran esos encumbrados señores del poder ante los derechos fundamentales no se debe a que sean idiotas o estúpidos. Obedecen a un instinto primario, primitivo. Por olfato se dan cuenta de que su delirio de dominación se ve amenazado por todo lo que huela a respeto a la dignidad humana.

Esos funcionarios son herederos de la tradición autoritaria de nuestro devenir histórico. En cada uno de ellos se anida el espíritu del caudillo o del señor de horca y cuchillo. Ellos asimilaron por ósmosis, porque tienen los poros muy abiertos, debido a su ambición de poder, las prácticas del general Pedro Santana, de Buenaventura Báez, de Ulises Heureaux (Lilís), de Trujillo y de Joaquín Balaguer. Los reproducen, unos y otros, como espejos. Por eso vivimos en un Estado clientelistas y patrimonialistas. No reconocen ni respetan los derechos. Solo hacen favores y otorgan dádivas a los individuos o ayudas sociales.

Intuyen que los derechos fundamentales los obligan a ser servidores públicos y no soberanos manejadores del poder. Y en efecto, así es.
Los derechos fundamentales son prerrogativas constitucionales de las personas, que limitan el accionar arbitrario o violatorio del orden jurídico establecido. Y abarca lo público y lo privado. Tanto es así que esos derechos no deben ser vulnerados ni conculcados impunemente.

Todos los derechos que nuestra Carta Magna reconoce, son fundamentales. Algunos juristas criollos se confunden con la doctrina constitucional española. Es muy común entre los que hemos realizado maestrías con ellos. Dos de las tres maestrías que posee el autor de esta columna, las hizo con los maestros ibéricos. Y ha podido comprobar su influencia. Pero resulta que ellos se rigen por una normativa sustantiva diferente a la nuestra. Para el orden constitucional español, es aceptable la existencia de derechos constitucionales no fundamentales. Sin embargo, para nosotros no. Basta con una simple lectura a nuestro catálogo de derechos constitucionales, del artículo 37 en adelante, y releer bien el 74, para comprobar esa verdad.

Ningún ente del Estado, ni funcionario alguno tiene potestad para vulnerar uno solo de los derechos fundamentales. Ellos existen precisamente para proteger y para materializar esos derechos. Cuando cumplen esa misión, se legitiman en el poder. Por el contrario, si incumplen, se pervierten en sus funciones y pasan a ser comejenes en el maderasmen podrido del Estado. Se convierten en lo que no deben ser.

Los derechos cuentan con un sistema de garantías constitucionales, y de consecuencias, que debemos activar ante los funcionarios arbitrarios.

El Nacional

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