Opinión

Quintaesencia: Sobre revolución

Quintaesencia: Sobre revolución

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La sanción de la destitución de todo funcionario, sin perjuicio de las demás consecuencias legales de su proceder antijurídico, que subvierta el orden constitucional es revolucionaria. Les manda un mensaje claro y alto a las otras autoridades sobre el recto proceder, sobre el respeto que deben mantener al orden constitucional, a la dignidad humana y a los demás derechos fundamentales.

Es un factor multiplicador. Con esa medida lograríamos un giro copernicano en la sociedad.
Mataríamos la herencia del autoritarismo y las terribles secuelas de la arbitrariedad. Empezaríamos a trillar el camino del Estado Social y Democrático de Derecho, que proclama el artículo 7 de la Carta Magna.

Todo funcionario aprendería que hoy no hay súbditos ni ciudadanos mudos, y que los ciudadanos son los legítimos dueños y señores del interés general. Así lo proclamó el Considerando Cuarto de la ley 107-13, sobre los derechos y los deberes de las personas en su relación con la administración pública y de los procedimientos administrativos.

Y no es necesario que se apruebe ninguna nueva ley. Ya estamos saturados de leyes. El sistema está al reventar por el hartazgo de normas. Muchas de ellas contradictorias en su propio texto y con otras leyes que siguen vigentes. Es un caos legislativo. Todos sabemos que cuando una ley no se cumple o surge la necesidad de dictar otra para que se cumpla la anterior, ambas leyes son ineficaces. Deben ser derogadas y promulgada una que cumpla con las expectativas. Así como en la lógica no hay medias verdades ni medias mentiras, porque son mentiras completas; en el derecho no hay leyes viejas ni nuevas, son normas y deben aplicarse.

La Constitución es una norma de aplicación directa e inmediata. No necesita de otras leyes para que surta sus efectos.

Para que todo cambie, basta con que varios funcionarios violadores de los derechos fundamentales sientan en carne viva las consecuencias de tratar a las personas como si fueran objetos, en lugar de sujetos plenos de derechos.

La información de esa sanción correrá como el fuego en una pradera seca. Las otras autoridades procurarán que esos efectos no les alcancen. En cada actuación, exigirán a sus consultores jurídicos que se aseguren que nadie alegue violación a sus derechos. Y si alguien reclama, se ponderará adecuadamente su argumento. Hasta el grado que, si tiene razón, el acto administrativo será revocado, sin que medie sentencia.

El Tribunal Constitucional (TC), los medios de comunicación y las redes sociales, con la ciudadanía vigilante, harán posible esa Revolución Institucional.

El Nacional

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