La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció que a partir de hoy, tras la publicación de la Norma General 06-09 las empresas devuelvan cada año recursos a los asalariados que se acojan a la Ley sobre Deducción de los Gastos Educativos en el Impuesto Sobre la Renta.
En el caso de quienes tributan de manera independiente recibirán la aplicación automática de los saldos a favor, por efecto de la referida ley, a los anticipos que genere su Declaración Jurada de Renta.
La DGII dice que la norma establece las disposiciones legales y los procedimientos que permitirán a las Personas Físicas que paguen Impuesto Sobre la Renta directamente o a través de un empleador, deducir de sus ingresos brutos los gastos realizados para cubrir la inscripción y cuotas periódicas de la educación básica (incluyendo preescolar), media, técnica y universitaria (grado y postgrado) de sus dependientes directos no asalariados (hijos) o propios. No aplican para estas medidas los negocios de único dueño.
La entidad dijo que los gastos educativos pasan a tener un tratamiento equivalente a los ingresos no gravados para fines de la determinación de Renta Neta Imponible del ISR.
