El Tribunal Constitucional se la ha puesto dura a los partidos políticos al admitir que candidatos independientes puedan aspirar a puestos de elección popular.
Los partidos perdieron el monopolio que tenían al ser la única opción de los ciudadanos para canalizar sus aspiraciones electorales.
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La alta corte, que preside el magistrado Napoleón R. Estévez Lavandier, declaró inconstitucional los artículos 152 y 157 de la ley 20/23, de Régimen Electoral, que establecían que las candidaturas debían presentarse a través de agrupaciones políticas constituidas de conformidad con la legislación al respecto.
Ahora se puede hasta aspirar a la presidencia de la República en forma independiente. Es probable que la decisión estimule a más ciudadanos a optar por cargos electivos al margen de los partidos políticos. Y como la decisión fue de la última instancia nada se puede hacer.