Opinión

San Hugo y San Nicolás

San Hugo y San Nicolás

POR:  Violeta Yangüela

(v.yanguela@codetel.net.do)

Era lo que faltaba, ¡el libro! Es el Libro Azul de San Hugo Chávez y Nicolás se encarga de su promoción. Se supone que es el sacerdote que se encarga de convertir en sagrada la palabra del santo. Se trata de un texto escrito por el Santo durante su prisión de 1992-1994.
Dice Nicolás “por ahí escribirán que yo estoy llamando profeta a Chávez. Si, él es Profeta, nuestro Profeta, duélale a quien le duela árdale a quien le arda”. Ordenó distribuir en academias y universidades militares así como entre el personal profesional y de tropa un ejemplar de El Libro Azul.

El asunto es que no es solo uno, son dos. El otro es el Plan de la Patria.
Es la propuesta del candidato de la Patria, comandante Hugo Chávez para la campaña presidencial del 2012 y lleva por título Gestión Bolivariana Socialista 2013-2019. Este Plan de la Patria ha sido aprobado con rango de ley por el Parlamento venezolano.

El texto contempla cinco objetivos: defender y expandir la independencia nacional, construir el socialismo del siglo XXI, convertir a Venezuela en una potencia en conjunto con el resto de América Latina, contribuir con el desarrollo de una nueva geopolítica internacional y preservar la vida en el planeta y la salvación de la especie humana. ¡Ofrézcome!
Dice Nicolás, «después de la Constitución, que es la carta madre de navegación, tendremos esta carta que, como dijo el comandante Chávez, ciertamente es un plan para la transición al socialismo”.

Mientras tanto, con la Ley Habilitante aprobada con el diputado suplente, el 99, Nicolás ha promulgado los primeros decretos que le otorga la Habilitante. Ley Orgánica de Costos Ganancias y Precios Justos y la creación del Centro y la Cooperación Nacionales de Comercio Exterior. Por títulos no fallan.

La primera establece un techo de 30% de margen para la rentabilidad en los precios de los productos. En la segunda es el propósito de “ordenar la actividad comercial de la nación y establecer los parámetros de uso de los dólares de la Republica”. También el arrendamiento de los locales comerciales. ¡Por decreto! No podrán exceder de un monto mensual de 250 bolívares por metro cuadrado y los comerciantes que hagan “remarcaje” de precios serán detenidos.

El Nacional

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