La Superintendencia de Bancos informó que puso en vigencia una normativa que simplifica el acceso a productos y servicios financieros básicos de usuarios cuyo perfil representa un riesgo reducido de incurrir en lavado de activos y delitos financieros.
La entidad supervisora dijo que se trata de la tercera versión del Instructivo sobre Debida Diligencia, documento que establece los lineamientos que deben seguir las entidades de intermediación financiera (EIF), los intermediarios cambiarios y las fiduciarias supervisadas por la SB para conocer a sus clientes y aplicar los procesos correspondientes.
“La nueva versión del instructivo incluye la Debida Diligencia Simplificada, lo cual facilita mayor acceso de los usuarios comunes al sistema, los de a pie, debido a que simplifica los requisitos que deben cumplir para la contratación de sus productos financieros”, explicó el Superintendente de Bancos, Alejandro Fernández W.
Aclaró que esto será posible a través de lineamientos que promueven la aplicación de un enfoque basado en riesgo, sin que se relaje la debida diligencia de los perfiles más riesgosos.
La normativa reclasifica la definición de los clientes de alto riesgo y establece mecanismos más robustos para el tratamiento de clientes de mayor exposición, incluidas las Personas Expuestas Políticamente (PEP).
De acuerdo con la Superintendencia de Bancos, esto constituye un avance importante del sector en términos de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
“La experiencia de los casos recientes que se persiguen en justicia nos indica que se tiene que apretar donde el riesgo de criminalidad financiera es más alto,” añadió Fernández W.
Con esta nueva versión del instructivo se crea la infraestructura normativa necesaria para que las entidades construyan procesos de vinculación digital (onboarding), de forma segura y sin menoscabar las reglas de identificación y verificación de los clientes.

