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Tildan violatoria sentencia ordena elecciones en PLD

Tildan violatoria sentencia ordena elecciones en PLD

La sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que anula las elecciones internas del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en la circunscripción tres del Distrito Nacional y que manda a hacer nuevo proceso, es huérfana de base legal y violatoria de la Ley Electoral, según afirmaron diez miembros del Comité Central y más de 90 presidentes de intermedios. 

Los dirigentes peledeístas afectados por la decisión del TSE, califican la sentencia de “complaciente y violatoria de la Constitución de la República. En rueda de prensa realizada esta mañana en la Casa Nacional del PLD, los miembros del Comité Central expresaron que “la sentencia que anula 70 mesas electorales del proceso eleccionario reciente del PLD, está plagada de errores e inobservancias por parte del TSE, que la sustentan en una demanda que fue considerada inadmisible por el propio tribunal y en documentos y copias de actas, no originales”.

El documento lo suscriben Elpidio Báez, Juan Rodríguez, Williams Espinosa, Carlos Ferreras, Juan González, Pedro Solano, Mirna Tejada, Nicolás Mateo y Rosa García, quienes consideran que “la decisión del TSE afecta directamente la credibilidad, responsabilidad y el honor de los peledeístas que integran esta jurisdicción política”. Detallaron que al TSE le pidieron la anulación total de las elecciones en la Circunscripción No. 3 del Distrito Nacional y este falló anulando 70 mesas.

Indican, además, que la decisión anula la resolución dictada por la Comisión Organizadora del VIII Congreso Ordinario Comandante Norge Botello.  Expresan que el TSE rechazó la impugnación de los demandantes, sin que al tribunal se le pidiera esto y sin que estuviese apoderado de un recurso de apelación contra esta decisión.

Para los miembros del o organismo peledeísta y los presidentes de comités intermedios de esa demarcación “resulta sumamente extraño y hasta sospechosa la manera en la que el TSE incluyó, al señor Luis José Mota León, en calidad de interviniente voluntario en el proceso, sin que estuviera presente o representado en la audiencia en la que se conoció el caso.