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Ve sentencia TC abre el debate a libre expresión

Ve sentencia TC abre el debate a  libre expresión

A juicio del abogado Namphi Rodríguez la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre libertad de expresión representa el primer paso para un debate que permita aprobar una legislación que salvaguarde el derecho de los periodistas y los ciudadanos a denunciar la corrupción en la esfera del Estado y de la actividad política.

Rodríguez ponderó la sentencia TC 0075.16 del Tribunal Constitucional publicada este lunes 4 de abril, en la víspera del Día Nacional del Periodista, en el que los jueces desarrollan sus argumentaciones sobre la supresión parcial de la privación de libertad por difamación e injuria y la responsabilidad penal de los directores de medios de comunicación.

Sostuvo que en relación a la derogación de la responsabilidad de los directores de medios, la línea de doctrina que los jueces del TC siguieron fue la de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al considerar que los responsables por las afirmaciones de un tercero no pueden ser ni los directores, ni los periodistas; sino quienes han emitido los juicios pretendidamente difamatorios.

Dijo que lo que hace el TC en su sentencia es determinar que si el periodista y el director no son autores de una afirmación no pueden ser responsables por ella, lo cual beneficia la libertad de prensa y establece la responsabilidad en quien ha emitido el juicio o la afirmación.

“Ahora lo que debemos hacer es blindar a los periodistas mediante una ley de libertad de expresión y medios de comunicación que recoja estos criterios sobre la responsabilidad penal, para que nunca más se hable de que los periodistas tengan que responder por los hechos de otros”, agregó.

En su sentencia, los jueces rechazaron suprimir los artículos del 368 al 372 del Código Penal argumentando el criterio de que las sanciones a los delitos de prensa están contenidos en la Ley 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento, y agregan que el interés legítimo de los accionantes estaba referido a esta clase de infracciones y no a las que se puedan cometer fuera de los medios de comunicación.

Rodríguez dijo que al rehusar derogar los referidos artículos del Código Penal, los magistrados del TC no comprendieron el alcance de la acción de inconstitucionalidad incoada por la Fundación Prensa y Derecho y los directores de diarios.

El Nacional

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