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Ven violación en cierre canal

Ven violación en cierre canal

SANTIAGO. –  El director del Centro de Periodismo y Derecho de Santiago (Cepedesa) aseguró que es una violación a las libertades públicas el cierre del Canal 53  por parte del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), que además decomisó los equipos, alegando que operaba ilegalmente.

 Sin embargo se asegura que en realidad fue cerrado por las críticas de un productor a funcionarios.

El periodista y abogado Ramón Lora, director de (Cepedesa) afirmó que en este día de las libertades públicas  los dominicanos están obligados a defender  la libertad de prensa que ha sido obstaculizada y amenazada en algunos casos por funcionarios públicos y privados.

De acuerdo al director del CEPEDESA, los periodistas y los comunicadores deben emitir sus críticas sin incurrir en los llamados “excesos de la prensa”, los cuales, finalmente, se convierten en delitos de opinión pública, pero muchos no son ventilados en los tribunales porque se hacen acuerdos o pasan desapercibidos.

El licenciado Lora ha asistido legalmente a más de 200 periodistas y comunicadores del país en querellas y demandas relacionadas con la libertad de expresión y ha asumido la defensa de los casos más relevantes que se han producido en Santiago y el Cibao en materia de difamación e injuria.

El 1993 fue el abogado del director del periódico La Información, en una demanda que finalmente tuvo ganancia de causa frente al Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que estuvo representado por abogados Leonel Fernández, Julián Serulle y Franklin Vásquez. Actualmente, alega a favor del Canal 53, en una demanda contra el Indotel.

El periodista y abogado Lora, especialista en derecho de prensa y leyes sobre telecomunicaciones, recordó que la libertad de expresión tiene un valor jurídico y constitucional desde que se fundó nuestra nación en el año de 1844.

El tres de mayo de cada año se conmemora el Día Mundial de la Libertad de Prensa, después que en el 1993 la Asamblea General de la Organización de Las Naciones Unidas (ONU) aprobara una moción en ese sentido.

Y agregó  que todas las leyes de prensa y las Constituciones dominicanas la han contemplado, a excepción de la Constitución del año 1959, que sólo reglamentó la libertad de cultos y la libertad de conciencia.

A su juicio, en la República Dominicana existe una libertad de prensa relativa, como en todas las sociedades democráticas, es decir, donde las leyes y la Constitución la permiten, pero, simultáneamente, la controlan.

Puso a manera de ejemplo que la ley 6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento; y la nueva Constitución, en su Artículo 49 garantizan este derecho, pero, inmediatamente, establecen que se debe respetar el honor, la dignidad humana, la intimidad de las personas, la paz pública y el orden social.

En las últimas décadas se han realizado acciones con el propósito de amedrentar y obstaculizar el ejercicio de la libertad de prensa, dijo el jurista,  aunque reconoció que se trata de casos aislados.

El Nacional

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