Es insólito que por asunto de moda o condiciones sociales el Ministerio Público restringiera el servicio a la ciudadanía. Pero hasta que el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, decidió eliminarla, la abusiva norma era buena y válida.
A nadie se le ocurrió denunciarle y si lo intentó lo más probable es que no encontrara la debida audiencia. Pero la restricción contra los llamados malvestidos no debe ser eliminada solo de las dependencias del Ministerio Público, sino de todas las entidades públicas.
¿Cuál es la razón para que en una oficina pública se niegue un servicio a una persona porque vista una camisa o una blusa sin mangas, lleve chancletas o la ropa esté deteriorada. Esas condiciones aplican para determinados actos, pero no para simples rutinas de entes públicos. Con su decisión Domínguez Brito ha corregido una violación que, en un país con las características climáticas y económicas de República Dominicana, nunca debió darse. Pero nunca.
