Opinión

Violencia política

Violencia política

A partir de las declaraciones del procurador general de la República, calificando públicamente como una violencia contra la mujer la denuncia contra la candidata a vicepresidencia Margarita Cedeño, mueve a la reflexión la definición del artículo 309-1 del Código Penal, cuando dice que constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada, en razón de su género, que causa daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico a la mujer, mediante el empleo de fuerza física o violencia sicológica, verbal, intimidación o persecución.

Como en medicina, aquí habría de hacerse un diagnóstico diferencial, por la coincidencia de acciones y de efectos secundarios que convergen en esta acusación que traerá mucho qué hablar en los próximos días y la posibilidad de una revancha en el corto plazo.

La práctica de la política partidista es violenta porque somos un país que se ha acostumbrado a atacar y responder violentamente y a los partidos políticos no les interesa modificar esta manera de accionar, porque, en la falta de institucionalidad partidaria, se acostumbraron a detractar siempre.

Si preguntáramos a cualquier persona si está conforme con el derroche de dinero de la presente campaña electoral, multimillonaria pero atrasada, ruidosa hasta el cansancio, poco creativa, clientelar y reiterativa, y rastrera por demás, una gran mayoría del pueblo dominicano mostraría rechazo, porque ya estamos hasta la coronilla de tanta palabrería vacía.

La pregunta es si el autor, informado por su fuente, se ensañó con la señora Cedeño por el hecho de ser mujer, o si es porque es candidata política, cuando es probable que haya de las dos cosas. Estudios internacionales señalan que las mujeres que ejercen puestos políticos de relevancia son más de dos veces más difamadas que los hombres en las mismas circunstancias.

Los datos acerca de la fortuna de  Cedeño, circulan desde hace unos tres meses en la Internet, sin embargo, no fueron referidos públicamente hasta ahora. Quizás se esperó hasta esta campaña para hacerlo. Esto, junto a otros indicadores que hablan de los errores identificados en los facsímiles, etc., debilita la acción contra una persona política.

Pero podría considerarse una violencia contra la mujer por el daño sicológico, como dice el Código Penal dominicano si, hecha la investigación pertinente, los argumentos demuestran que a la candidata se la ofendió por ser una mujer y  lo que ha sufrido es violencia política en razón de su género.

Al margen de que sea verdad o no lo de la cuenta en un banco ubicado en un país de Europa que no tiene gran renombre en el nuestro, la lección que debemos aprender, refiere la importancia de recuperar la decencia en la competición.

El Nacional

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