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Los ataques a la Ley, hechos por psiquiatras y la defensa de la protección legal que hacen los abogados, oscurecen a veces los problemas del paciente mental que ha delinquido.
Los rituales de la Ley en sí, pueden ser expresión de temores, deseos e impulsos inconscientes alejados del ideal de jurisprudencia racional.
De igual modo, los juristas desconocen muchas veces de hasta qué punto la atribución de culpa y castigo de la Ley agravan los sentimientos culposos y la tendencia auto punitiva de los pacientes mentales.
Los psiquiatras se han ocupado del diagnóstico y tratamiento, por ejemplo, de los “desviados sexuales” y agresivos, condición que sigue siendo un desafío para estos profesionales y toda la sociedad.
Sabemos que ciertos tipos de conducta criminal crean una reacción muy intensa entre la población, no obstante, la ubicuidad de impulsos y fantasías de ese sujeto, demuestran que es movido por dos factores.
Es decir, que en este caso es la expresión de algunos aspectos del funcionamiento normal, por una parte, y de un trastorno de la personalidad, por la otra, correspondiendo así a la Psiquiatría, como al Derecho.
La experiencia clínica ha demostrado que la estructura de la personalidad del criminal es el resultado de una organización intrapsíquica constante, que permite predecir su ideación característica y su conducta.
Así, ese sujeto puede manifestar variaciones transitorias de sus emociones, ideación, afectividad y conducta, si se produce alguna modificación del ambiente externo en que él puede interactuar.
Es conveniente aclarar, que a no ser que se produzca una modificación intrapsíquica significativa como consecuencia del tratamiento, es inevitable que el criminal recurra de nuevo a su conducta habitual.