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Abinader deberá convocar el X Censo Nacional

Abinader deberá convocar el X Censo Nacional

Santo Domingo.-El presidente Luis Abinader le corresponderá mediante decreto la convocatoria y llevar a cabo el X Censo Nacional de Población y Vivienda, según ordena la Ley 5096 sobre Censos Nacionales.

La ley en su artículo 19 ordena que cada 10 años a partir de 1960 debe realizarse en el país un censo nacional de población y viviendas para determinar la cantidad de habitantes, hombres y mujeres, niños, adolescentes, edificaciones y al mismo tiempo comprobar las poblaciones de cada provincias.

El último censo fue realizado entre el 1 al 7 de diciembre del 2010, resultando una población de nueve millones 445 mil 281 habitantes entre los que se encontraban cuatro millones 739 mil 38 hombres y cuatro millones 706 mil 243 mujeres.

El Jefe del Estado cuando emita el decreto deberá fijar los días y el mes que se llevará a cabo el censo y disponer que todas las personas permanezcan en sus casas en esos días durante las horas señaladas para la ejecución de los trabajos, según el artículo 24 de la misma Ley 5096 del mes de marzo, año 1959, de la Era de Trujillo.

Estos trabajos se realizan bajo la coordinación de la Dirección General de Estadísticas, de su directora Miosotis Marcelina Rivas Peña, quienes deberán comenzar a actualizar los mapas de cada comunidad con las subdivisiones de todos los sectores y la capacitación de los técnicos que realizaron los trabajos de campos en todas las provincias.

Historia
El primer censo organizado de población y vivienda en el país lo realizó el contralmirante de los Estados Unidos Thomás Snowdn, en el año 1920, durante el período de la intervención, resultando una población de estimada 894,665 habitantes, la disposición fue ejecutada mediante la orden ejecutiva 505, de julio 1920.

Tomás Vidal Rodríguez

Periodista especializado en investigación de datos