Opinión Editorial

Arrogación ilegítima

Arrogación ilegítima

La restricción que pretende imponer la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al acceso de la prensa a información contenida en expedientes y boletines judiciales constituye una arrogación ilegítima de calidades y violación a derechos constitucionales referidos a la libertad de expresión e información.

El Reglamento del Poder Judicial sobre “Política de Protección de Datos” ha sido presentado por el magistrado presidente de la JCE, Luis Henry Molina, con piel de liebre superpuesta sobre la anatomía de un lobo que vulnera el principio de transparencia del sistema de justicia.

En su defensa a ese despropósito, el magistrado Molina ha dicho que la iniciativa de la alta corte tiene como objetivo resguardar informaciones personales prescindibles en las decisiones judiciales, buscando un equilibrio entre el derecho a la información y el respeto a la privacidad.

Se ignora la instancia dentro del Poder Judicial a la que corresponderá establecer cuáles datos en un expediente tienen la condición de “irrelevantes” o que su divulgación pone en riesgo la buena fama de un prevenido, justiciable o interviniente, por lo que esa discrecionalidad se convierte en un instrumento de ilegitimidad.

La normativa procesal se sustenta en principios de presunción de inocencia, oralidad, independencia, imparcialidad, contradicción, publicidad y motivación de las resoluciones judiciales, los que se bastan por sí mismos para garantizar pulcritud y transparencia en las actuaciones del orden judicial.

No se conoce ninguna jurisprudencia de la propia SCJ ni del Tribunal Constitucional que valide el intento de esa corte de legislar de forma unilateral, en clara intervención del fuero del Poder Legislativo, al establecer un mecanismo mediante el cual se arroga derecho para vedar o limitar libre acceso a expedientes judiciales.

El magistrado Molina ha dicho que en otras naciones se aplica en el ámbito judicial la política de protección de datos, pero en República Dominicana la garantía a la buena fama o dignidad personal esta resguardada en la Constitución y leyes adjetivas, por lo que no se requiere de ningún estatuto opaco.

Lo deseable sería que el Pleno de la SCJ, la Sociedad Dominicana de Diarios y el Colegio Dominicano de Periodistas se aboquen a un diálogo franco en procura de un consenso que no vulnere bajo ningún subterfugio jurídico el derecho al libre acceso a la información, sin más limitaciones que las que señala la ley, porque sabido es que de buenas intenciones está empedrado el camino al infierno.

El Nacional

Es la voz de los que no tienen voz y representa los intereses de aquellos que aportan y trabajan por edificar una gran nación