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Citan a Milton Morrison por amparo contra límite de licencias a mayores de 65 años

Citan a Milton Morrison por amparo contra límite de licencias a mayores de 65 años

La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó citar al director del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), ingeniero Milton Morrison, para el conocimiento del recurso de amparo interpuesto por el abogado Alberto Tavárez, en representación de un grupo de periodistas, contra el reglamento que limita a dos años la renovación de la licencia de conducir a las personas de 65 años en adelante.

La jueza Mery Collado, presidenta del tribunal, autorizó al abogado Tavárez a que también cite al Intrant y a la Procuraduría General Administrativa, a los fines de que estén presentes en la audiencia que se conocerá de manera virtual el lunes 20 de este mes, a las 9:00 de la mañana.

Los accionantes procuran que el TSA declare inconstitucional el artículo 21, párrafo a del decreto 6-19 sobre Reglamento de Licencias de Conducir, G. O. No. 10927 del 8 de enero de 2019.

El recurso fue interpuesto por los periodistas Héctor Minaya, José Antonio Torres, Christian Oviedo, Leonardo De Jesús Heredia Castillo (Leo Corporán) y Silvio Cabrera, de la redacción El Nacional.

El párrafo a del citado artículo dice de manera textual: “Para las categorías 01, 02 y 05, el período de vigencia será de cuatro (4) años hasta que su titular cumpla los sesenta y cinco (65) años de edad. A partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, la vigencia será de dos (2) años”.

El abogado Tavárez asegura que el Intrant convierte a los envejecientes de 65 años en adelante en ciudadanos de “segunda categoría” al limitarlos a renovar la licencia de conducir por dos años en vez de cuatro, como establece la disposición general.

Reiteró que la disposición no solo vulnera los artículos 38, 39 y 57 de la Constitución sobre la dignidad humana, el derecho a la igualdad y no discriminación y los derechos de las personas envejecientes, sino que contradice la sentencia del Tribunal Constitucional TC0005-20, de fecha 31 de enero de 2020, que prohibió al Intrant limitar el otorgamiento de licencias de conducir por el criterio exclusivo de la edad de las personas.

El jurista expresó que la referida sentencia condena la “presunción de ineptitud por la edad”, en la que de manera arbitraria se basa el Intrant para discriminar a los conductores mayores de 65 años en el otorgamiento de la licencia, convirtiéndolos en ciudadanos de “segunda categoría”.

Refirió que las estadísticas en materia de tránsito en la República Dominicana indican que la mayoría de los accidentes son ocasionados por jóvenes, razón por la cual la presunción de ineptitud por la edad es irrazonable. En ese sentido, destaca que en Costa Rica, por ejemplo, el control de las actitudes y las aptitudes de los conductores se realiza mediante un sistema de puntos que monitorea y evalúa la calidad de conducción de las personas en las vías públicas.

Silvio Cabrera

Silvio Cabrera, periodista especializado en temas judiciales, diplomado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM).