El de la protesta pacífica figura entre los principales derechos difusos consagrados por la Constitución de la República, aunque no tiene mayor prerrogativa inalienable que la Carta Magna confiere al ciudadano no ser perseguido ni hostigado por ninguna causa, con excepción de la autoridad legítima y por mandamiento de la ley.
Es claro que el grupo de ciudadanos sin vínculos jurídicos entre sí que ejerce un derecho difuso no puede enajenar otro de naturaleza individual como ha ocurrido con la evidente persecución y acoso que se acomete contra el ex presidente de la República, doctor Leonel Fernández.
La colectividad que protesta por la aprobación de la Ley de Reforma Fiscal o que exige que Ministerio Público y Justicia establezcan responsabilidades penales en torno al origen y naturaleza del déficit que ese estatuto procura cubrir, carece de autoridad para hostigar, acosar, irrespetar a ningún ciudadano, menos aún a un ex jefe de Estado.
Se reputa como un exceso y un acto flagrante de insensatez las convocatorias a protestas ante el edifico de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode), donde el doctor Fernández tiene sus oficinas o en sitios públicos que visita, como fue la pretensión de montar un foro público en los frentes del Teatro Nacional donde el ex mandatario participó en la apertura de un festival de cine.
A causa de esos desafueros se han producido conatos de violencia en los que han estado involucrados autoridades y manifestantes, lo que indica que subyace el temor de que pueda producirse algún incidente con ribetes de tragedia, cuya responsabilidad recaería sobre quienes auspician, promueven o dirigen tales desafueros.
Imputaciones injuriosas o expresiones afrentosas deberían ser excluidas del debate en torno a la reforma fiscal o cualquier otro tema que se eleva a categoría de discusión pública, porque escrito está que la razón y el derecho son incompatibles con el insulto y la mentira.
Los alegatos del doctor Fernández en torno al origen del déficit fiscal pueden y deben ser rebatidos por quienes los consideren falsos o inexactos, pero no hay derecho a la agresión verbal ni a la persecución y hostigamiento contra el ex Presidente, no sin violentar un derecho constitucional inalienable.
A lo que se aspira es a que quienes así lo desean ejerzan libremente el derecho difuso a la protesta pacífica, pero que también se respete el derecho que le asiste al doctor Leonel Fernández a no ser perseguido ni molestado por gente que no tienen la categoría de autoridad pública, mandato de la ley ni razón para la insensatez.

