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Impedir bodas a menores implicaría cambio de Carta Magna

Impedir bodas a menores implicaría cambio de Carta Magna

Santo Domingo.-La prohibición del matrimonio de menores de 18 años requiere de una modificación de la Constitución de la República, puesto que está contemplado y regulado en la Carta Magna.

La observación es del jurista Cándido Simón, quien recordó que la Constitución de la República, en su artículo 21, lo contempla en la parte que se refiere a la adquisición de la ciudadanía.

E incluso, señala, la prohibición del matrimonio entre menores de 18 años sin la modificación de la Constitución, chocaría con una parte sensible de los derechos inalienables de las personas como lo es la adquisición de la ciudadanía.

El artículo 21 de la Constitución establece de manera textual en la parte referente a la adquisición de la ciudadanía, que: “Todos los dominicanos y dominicanas que hayan cumplido 18 años de edad y quienes estén o hayan estado casados, aunque no hayan cumplido esa edad, gozan de ciudadanía”.

Por tal razón, Simón consideró, que el proyecto de ley para prohibir el matrimonio de menores de 18 años debe ajustarse al mandato del artículo 21 de la Constitución sobre adquisición de los derechos de ciudadanía para quienes se hayan casado “aunque no hayan cumplido esa edad.”

“Esto lleva al punto de que habría que modificar la Constitución para proscribir el matrimonio entre adolescentes, previsto en los artículos 476 del Código Civil, 56 de la Ley 659 de 1944 sobre actos del Estado Civil y el Código de Niños, Niñas y Adolescentes que autorizan el casamiento de las menores a partir de los 15 años y los varones a partir de los 16, para adquirir la emancipación por matrimonio”, declaró Simón.

 

Explicó que que el artículo 145 del Código Civil no aplica al caso, primero, porque el matrimonio infantil no existe en la legislación dominicana sino el de adolescentes y, segundo, porque ya no corresponde al Gobierno otorgar la dispensa para que los hijos menores contraigan matrimonio, sino a sus padres y a falta suya, al tribunal.

Simón recalcó que se refiere al matrimonio entre adolescentes, puesto que el infantil no está contemplado en ninguna de las leyes.