Editorial

 Juicio a jueces

 Juicio a jueces

La marcha que realizaron  ayer decenas de jueces hasta el edificio de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en protesta por la destitución de dos de sus colegas en Santiago, presagia  problemas mayores en el sistema de administración de justicia a causa de una evidente confrontación entre magistrados  y el Consejo del Poder Judicial.

No resulta saludable para el ordenamiento jurídico que jueces escojan como  forma de disidencia la manifestación pública, porque de alguna manera ese proceder deteriora la unidad que debe prevalecer  a nivel de las  diferentes jurisdicciones y entre la Suprema Corte y los letrados con misión de impartir justicia.

Esos jueces  consideran que el despido de  los magistrados  Rosa García y Gabriel Marchena Adames es injusto, por cuanto esos jueces  actuaron con apego a la ley que interpretaron  conforme a sus criterios, por lo que la sanción del Consejo del Poder Judicial (CPJ) vulnera  la autonomía jurisdiccional.

Resulta que los integrantes del CPJ  que  dispusieron  la cancelación de  esos magistrados fueron elegidos  por vía del voto directo en elecciones  en las que participaron los jueces de todos los distritos judiciales, por lo que puede decirse que los servidores sancionados  fueron juzgados por propios colegas.

Aun así,  alguna instancia del Poder Judicial debería determinar si la drástica sanción impuesta a esos jueces vulnera  el espacio reservado a los tribunales de alzada, lo que  quiere decir que las sentencias que emitieron y que se consideraron cuestionables,  han debido ser atacadas por vía de los recursos ordinarios.

En razón de que decenas de jueces se manifestaron públicamente contra  la decisión del Consejo del Poder Judicial, lo prudente sería que  ese órgano  que vela por la pulcritud en el desempeño de jueces de todas las jurisdicciones,  revele las razones de hecho y de derecho que sustentan su  controvertida decisión.

Los funcionarios del orden judicial deberían saber que aunque  sus actuaciones están protegidas por  los principios de discrecionalidad e independencia, las  sentencias o providencias procesales que  emitan pueden ser objeto de valoración por parte del órgano que la propia ley de organización judicial ha instituido para el control del desempeño de los servidores judiciales.

Se consigna gran preocupación por  el malestar en el Poder Judicial  que   se evidencia con la marcha de jueces, por lo que  es menester que  las instancias correspondientes revisen o sustenten la decisión de cancelar por faltas graves a dos  magistrados de Santiago, antes de que la sangre llegue al río.

El Nacional

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