El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) rechazó una instancia para que se prohiba al presidente Leonel Fernández involucrarse en la campaña electoral bajo el criterio de que el mandatario no es candidato, por lo que ese organismo no puede conculcarle lo que constituye un derecho constitucional.
La verdad es que la Constitución ni la ley Electoral prohibe de manera expresa al jefe de Estado participar en actividades proselitistas y, por consiguiente la JCE ha partido del precepto jurídico de que lo que la ley no prohibe está permitido.
Lo que debería limitarse o regularse, de conformidad con la ley, no es el derecho del Presidente y sus funcionarios a promocionar candidatos de su preferencia, sino el uso de recursos o ventajas que proporciona la Administración Pública a favor de un postulante o en perjuicio de otro.
El doctor Fernández tiene absoluto derecho a realizar campaña electoral a favor del candidato de su preferencia, pero más de un estatuto legal le impiden hacer provecho de patrimonio o bienes estatales, cuyo empleo o disfrute se constituya en un tipo de privilegio que distorsione el principio de igualdad en la competencia comicial.
La JCE ha interpretado correctamente el derecho, al proclamar incompetencia para limitar o restringir la prerrogativa ciudadana de participar en campaña política, pero quizás en la motivación de esa resolución ha debido comentarse otros acápites de ley que impiden el uso de recursos públicos a favor de candidatos.
En ningún modo se afirma que el Presidente aprovecha ventajas que le proporciona su elevada investidura a favor del candidato de su simpatía, porque esa imputación ha de ser acompañada, como lo ha señalado el Pleno de la JCE, de las pruebas o evidencias que la obliguen a pronunciarse sobre el particular.
De lo que sí se puede hablar es de una reiterada exhortación a la preeminencia de la ética por parte de los funcionarios que participan en campaña electoral, incluidos senadores, diputados, síndicos y regidores, porque la ley prohibe el uso o disfrute de dinero o recursos públicos a favor o en contra de un candidato o partido.
Es por eso que, alentado por la resolución de la JCE que refrenda su derecho constitucional a inmiscuirse en proselitismo, el Presidente debería ser el primero entre los funcionarios que ponga el ejemplo ético sobre pulcritud, moderación y respeto a la ley. Que así sea.

