POR: Hugo A. Ysalguez
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Hace alrededor de una década, el Banco Mundial realizó un estudio del tiempo de duración de los litigios judiciales, y determinó que un expediente en Primera Instancia tiene una duración de dos años para ser fallado. El organismo internacional, recomendó que se fortaleciera el arbitraje y la conciliación para aliviar el retraso.
En materia civil, la Ley 821 de Organización Judicial, establece un plazo de tres meses para que un juez emita su sentencia, luego de que un expediente se encuentre en estado de fallo. Lo mismo ocurre con la ley de Registro Inmobiliario 108-05, que concede un plazo de dos meses, el cual nunca se cumple.
En los tribunales de tierras de todo el país, existe un atascamiento en la evacuación de las decisiones judiciales, dado a la escasez de personal en los mismos, hasta el extremo de que los empleados que salen de vacaciones no son sustituidos por temporeros por falta de recursos de la Suprema Corte de Justicia.
Las juezas de Jurisdicción Original de los Distritos Judiciales de Montecristi, Puerto Plata, por solo citar dos provincias, están explotadas de trabajo por el número de controversias que conocen. Las magistradas trabajan hasta los domingos para fallar los casos. El Tribunal de Montecristi recibió el año pasado 425 expedientes y la titular de esa instancia, emitió 420 decisiones.
Donde la situación es calamitosa y las dificultades abundan por doquier es en la Jurisdicción Inmobiliaria del Distrito Nacional. Allí funciona lo que muchos abogados denominan “La Máquina del Tiempo”, dado la lentitud y la dejadez de un apreciado número de servidores públicos.

