Opinión

Mitos del sector eléctrico III

Mitos del sector eléctrico III

POR:  Bernardo Castellanos

bacm25@yahoo.com

 

 

En el año 2005 el Estado emitió una deuda soberana por un monto de unos US$300 millones con el objetivo de saldar la deuda comercial no titularizada sin garantía soberana del Estado que había contraído Edenorte y Edesur con Unión Fenosa como resultado de la compra de las acciones que poseía esa empresa en las distribuidoras, operación que se realizó en Septiembre del 2003
La transacción del 2003 significo el pago a Unión Fenosa de un anticipo de US$15 millones y pagos mensuales por un periodo de doce (12) años de sumas mensuales que oscilaban entre los US$4.021 millones al inicio del periodo de pagos y los US$5.566 millones en el último año. Los pagos fueron garantizados a Unión Fenosa a través de la pignoración de cuentas de clientes de las distribuidoras Edenorte y Edesur sin que el Estado otorgara garantía soberana colateral a dichos pagos y obligaciones como era el deseo de Unión Fenosa y sin que la deuda se titularizara lo que le hubiera permitido a Unión Fenosa negociarla y transarla en el mercado secundario de capitales y hacerla efectiva en cualquier momento otorgando un descuento importante sobre el valor nominal de dicha deuda .

La emisión de bonos soberanos en el 2005 para saldar una deuda comercial no titularizada y convertirla en deuda soberana, represento una reducción mínima del monto de la deuda contraída con Unión Fenosa de alrededor de un 6%, la cual puede ser considerada pírrica dado el hecho de que se saldaba al contado una deuda pagadera en diez (10) años eliminando las incertidumbres y riesgos que tenía Unión Fenosa sobre esa deuda que al no ser titularizada no podía transar en el mercado secundario de capitales. Ese pago permitió recibir a Unión Fenosa en efectivo y al contado el total de la deuda comercial que había contraído Edenorte y Edesur sin garantía soberana del Estado y sin titularización de la misma y que terminaría de recibir el pago de la misma a finales del 2015, o sea 10 años después del saldo de la deuda que realizaba el Estado en el 2005.
El saldo al contado de la deuda comercial con Unión Fenosa y su conversión a deuda soberana con las implicaciones legales que tiene una deuda soberana, fue justificada por las autoridades gubernamentales de entonces como una forma de liberar las cuentas pignoradas con Unión Fenosa de algunos clientes de Edenorte y Edesur con lo cual teóricamente se le daría un respiro financiero a dichas distribuidoras mejorando el flujo de caja y reduciendo el monto del subsidio directo que se otorgaba al sector eléctrico en especial a esas empresas
La excusa enarbolada por las autoridades gubernamentales para convertir una deuda comercial sin garantía soberana ni titularización, pagadera en doce (12) años, en una deuda soberana, no era más que la creación de un nuevo mito eléctrico el cual trataba de atribuir a la pignoración de algunas cuentas comerciales de Edenorte y Edesur el creciente incremento en el déficit financiero de las distribuidoras que ya se sentía en el 2005.

El Nacional

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