Opinión

QUINTAESENCIA

QUINTAESENCIA

Constitución, TC y Ley

Las normas, valores y principios jurídicos, como todo lo que pueda ser aprendido, no deben ser memorizados con la finalidad de repetirlos como si se comprendieran. Con eso se produce el autoengaño en el conocimiento. Es necesario que los interioricemos, esto es, empoderarnos de ellos, hacerlos parte de nuestra conciencia. Así lograremos gravarlos hasta en el subconsciente. Esa es la única forma de que sean uno con nosotros. Al momento de usarlos, se manifestarán de manera natural en nuestro lenguaje y se reflejarán con la coherencia necesaria en la conducta que adoptemos.

En nuestro país todavía pesa mucho la cultura de la escuela memorística. Las personas son más propensas a memorizar que a razonar y criticar. Esa escuela fue la favorita de los dictadores. Lograban con ella que el pueblo no aprendiera a pensar ni a cuestionar. De ese modo se libraban de una ciudadanía contestataria. Tanto fue así que la dictadura de Trujillo se encargó de liquidar la escuela hostosiana, con Joaquín Balaguer y Manuel Arturo Peña Batlle como ejecutores, porque facilitaba a los estudiantes las herramientas necesarias para la construcción del conocimiento crítico de la sociedad y el mundo. De hombres y mujeres manipulables hacía ciudadanos conscientes y activos. Era un peligro para el autoritarismo. Pero hoy vivimos en democracia, y los ciudadanos deben ser reales, no formales. Más aún, deben cumplir con sus deberes y ejercer sus derechos de hombres y mujeres libres de tiranos.

Otro atavismo que no hemos podido superar como sociedad es el que nos legó la escuela decimonónica del Derecho: el que impone que el juez es boca de la ley adjetiva y esclavo de ella. Pero el juez de hoy, como el abogado y el jurista de los nuevos tiempos, deben distanciarse de ese criterio anacrónico. Se impone que el juzgador sea un decidor del Derecho, un intérprete efectivo de la Constitución y, por tanto, que aplique la ley adjetiva con arreglo a la Norma Suprema. No puede olvidar jamás el principio de la jerarquía de las normas y el de la Supremacía de la Constitución.

Los que dirigen el conjunto de las organizaciones no gubernamentales (ONGs) que presentaron recientemente a la Comisión de los Derechos Humanos de la Cámara de Diputados un mamotreto de anteproyecto de ley para anular la sentencia TC/0168/13, dictada el 23 de septiembre pasado por el Tribunal Constitucional (TC), representan el conocimiento memorístico y la concepción decimonónica del Derecho.

Ellos creen saber que la Constitución está por encima de las leyes adjetivas, pero cuando actúan anteponen ley a la Carta Magna. Creen que con una ley pueden anular o revocar la sentencia del TC. Ignoran que las sentencias del TC son irrevocables y oponibles a todos los órganos y poderes del Estado, conforme al Art. 184 del Pacto Fundamental. Nadie las puede anular ni desconocer. Nuestros dirigentes deben aprendan a aprender para que mejoren sus actuaciones.

 

 

Rafael Ciprián
rafaelciprián@hotmail.com

El Nacional

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