El proyecto de ley que incrementa las penas a menores que incurren en crímenes graves, sin colisionar con la Constitución de la Republica ni con estatutos internacionales de protección a niños, niñas y adolescentes, constituye un remedio oportuno para disuadir o condenar tipos de infracción penal que atentan contra la seguridad ciudadana.
Las objeciones a esa iniciativa presentadas por la representante del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, María de Jesús Conde, carecen de asidero jurídico porque ese estatuto no implica ningún tipo de limitación o coerción a los derechos del niño, sino que revaloriza el criterio del discernimiento del menor justiciable.
Los programas estatales de protección al menor deberían estar dirigidos a consolidar el núcleo familiar, a promover la educación integral, a garantizar que niños, niñas y adolescentes disfruten de alimentación, techo adecuado, servicios de salud preventiva, recreación, así como prevenir e impedir que sean víctimas de abuso laboral, maltrato físico u obligado a prostituirse.
Los casos de bandas juveniles que incurren en atracos, asesinatos, violaciones, secuestros, no pueden ser abordados con el mismo remedio que se emplea para afrontar, por ejemplo, el problema que representa el elevado número de menores embarazadas, que ya representa el 23 por ciento del total de las mujeres que alumbran en las maternidades públicas.
Incrementar las penas de tres a diez años de prisión en menores de 13 a 15 años de edad y de cinco a 15 para los que delinquen con edades entre 15 y 18 años, es una iniciativa legítima del Estado para frenar una realidad, caracterizada por el auge de la delincuencia juvenil, que es independiente a los deseos de las autoridades dominicanas y de Unicef.
En muchas partes de África, Unicef denuncia que cientos de niños son reclutados por la fuerza en ejercicios montoneros, o clama por auxilio de millones de infantes que sufren el flagelo del hambre y marginalidad, pero sus quejas sobre el incremento de las penas contra menores en conflicto con la ley no resulta válida ni justa.
La representante de Unicef debería entender que el legislador nacional debe legislar para una realidad social y un entorno cultural determinado, muy diferente al que prevalece en Bosnia, El Salvador o en Noruega, por lo que ninguno de esos ejemplos debería ser calcado en Republica Dominicana.
La ley que incrementa las penas contra menores que incurran en crímenes graves (asesinato, violación, narcotráfico, secuestro, robo agravado) se identifica con la realidad social dominicana, sin colisionar con tratados internacionales sobre protección a niños, niñas y adolescentes, lo que debería entender y aceptar la representante de Unicef.

