Opinión Puntos...Picas

RD y la CIDH

RD y la CIDH

Carlos Manuel Estrella

El patriotismo fanatizado por parte de intelectuales locales, que emula el origen del nazismo, alcanza nivel de disparate jurídico aupado por ignorancia popular y penetración de redes sociales, al advertir temores futuros y manipular la vinculación del estado al sistema interamericano de derechos humanos.

A partir de la sentencia 256/14 del Tribunal Constitucional que determina el estado dominicano no está obligado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), porque no se habría cumplido con el debido proceso en la ratificación del instrumento jurídico que la creó, se ha vendido la narrativa que esa decisión del TC exonera de cumplir sentencias emanadas de esa corte.

El TC tiene desde 2010 el control preventivo de tratados internacionales antes de su ratificación legislativa (art. 185.2 CD) y la propia Carta Magna indica que si son relativos a derechos humanos, una vez aceptados, tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa inmediata (art.74.3 CD).

Las sentencias del TC tienen alcance “erga omnes”, obligan a todos en el ámbito interno, pero desvincular al estado de la CIDH no es su competencia ni tampoco se ha puesto en marcha el mecanismo jurídico que indica la legislación internacional, por lo que RD nunca ha dejado de pertenecer al organismo.

La CIDH o Corte de San José, que hasta jueces nativos ha tenido, fue creada por la Convención Interamericana de Derechos Humanos, aprobada en 1969 y en vigencia desde 1978, de la cual el estado dominicano es signatario, bajo la sombrilla de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Para desvincularse de la CIDH, el tratado que la creó debe ser denunciado y seguir el procedimiento que el mismo instrumento jurídico establece, no por una sentencia del TC, y eso deben saberlo los intelectuales nacionalistas que están “alarmados” por la posible “reintegración” a la Corte. Están confundidos y/o juegan al espectáculo mediático estimulado por la ignorancia del pueblo.