El funcionario o empleado del Banco de Reservas, cuya fiduciaria manejará el fideicomiso de Punta Catalina, que revele datos de las operaciones o actos del contrato, podría enfrentar prisión de entre 2 a 5 años y multas de 6 a 10 salarios mínimos, según establece la cláusula décimo sexta del contrato, que estipula sanciones como si se tratara de la vulneración del secreto bancario y profesional.
Por lo tanto la Fiduciaria de la citada entidad bancaria no podrá revelar al público las operaciones, actos, contratos, documento e información que se relacionen con el contrato, con los mismos alcances de la legislación en materia financiera y penal para el secreto bancario y profesional tanto durante su vigencia como luego que termine el contrato, según la cláusula décimo sexta del fideicomiso.
“Conforme a la Ley 189-11 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso, es obligación de la fiduciaria guardar el secreto fiduciario frente a terceros respecto a operaciones, actos y contratos, documentos e información que se relacionen con los fideicomisos”, dice cláusula décimo sexta del contrato aprobado por los diputados el pasado 4 de enero en primera lectura.
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Sobre ese particular el artículo 247 del Código Penal de la República Dominicana establece que: “El empleado público que, sabiendo por razón de su cargo los secretos de un particular, los descubriere con perjuicio de éste, incurrirá en las penas de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez sueldos vitales”.