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Ven ley establecería censura previa RD; TC la rechazaría

Ven ley establecería censura previa RD; TC la rechazaría

De aprobarse el proyecto de ley orgánica de derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen tal y como fue concebido, se establecería un régimen de censura previa en el país que violaría la Constitución de la República, afirmó ayer el coordinador nacional de Participación Ciudadana (PC), José Manuel Abreu.

Añadió que está seguro de que si se aprueba, el Tribunal Constitucional lo rechazaría porque ya en la Ley de Partidos Políticos se trató de establecer penalidades para los medios de comunicación y redes sociales que hicieran comentarios negativos a los dirigentes políticos en la campaña, y fue declarado ilegal por esa alta corte.

“En este caso no se puede establecer una censura previa; en caso de que se configure una violación al derecho al buen nombre ya existe en el Código Penal la disposición que tipifica como difamación e injuria y este es el límite que se tiene en la difusión y expresión del pensamiento, o sea yo no puedo establecer que para hablar de cualquier persona tengo que tener un consentimiento previo porque eso es censura previa aparte de que establece lugares específicos donde se puede difundir o hablar libremente como el Congreso Nacional o los tribunales, estamos hablando de que es violatorio de la Constitución”, expuso Abreu.

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Aseguró que ese proyecto de ley, de ser promulgado “tiene una suerte definida, es la crónica de una muerte anunciada porque probablemente sea declarado inconstitucional inmediatamente sea promulgado”.
Calificó de inconstitucional pretender condicionar a los medios de comunicación a que para opinar de alguien primero tengan que tener la autorización de la persona de que se trate.

“Efectivamente ese proyecto de ley orgánica de protección del derecho a la intimidad, al honor, el buen nombre y a la propia imagen lo que busca es establecer un marco legal regulatorio del artículo 44 de la Constitución que establece ese derecho al honor, a la imagen, al buen nombre y a la intimidad, sin embargo la forma en que está redactado, primero, claro cuáles son los límites y las tipificaciones cuando se configura una falta, además establece dispositivos de consentimiento previo que puede limitar otro derecho constitucional consagrado en el artículo 49 de la Constitución que es el de la libertad de expresión y del pensamiento”, apuntó el dirigente cívico.

El coordinador de PC recordó que “este tipo de normativa la vimos en un intento de regularla en el artículo 44, numeral 6 de la Ley 33-18 de Partidos Políticos, donde se estableció una tipificación penal por los comentarios negativos en redes sociales, y pretendía sancionarse en la Ley de Delitos Electrónicos de Alta Tecnología, tipificándolo como difamación e injuria, sin embargo ya el Tribunal Constitucional lo declaró inconstitucional en ese momento”.

Abreu señaló que cuando se confrontan dos derechos fundamentales consagrados en la Constitución, el límite de un derecho es el inicio del otro.

La aprobación

El pasado martes el Senado aprobó en segunda lectura el proyecto de Ley que regula el ejercicio del derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen, una iniciativa de la senadora por Bahoruco, Melania Salvador.

Los opositores

Distintos sectores incluyendo la Sociedad Dominicana de Diarios, expresan su preocupación de que el proyecto se pudiera convertir en una mordaza para la libertad de expresión y difusión del pensamiento. También abogados especialistas han advertido de la inconstitucionalidad de la iniciativa. Entre ellos Trajano Vidal Potentini, quien considera la pieza como un traje a la medida de los políticos.

Víctor Martínez

Víctor Martínez: Pastor evangélico, y periodista de larga experiencia. Siempre dispuesto a servir a los demás. Director del digital Elguardian.com.do