Al anunciar que el Ministerio Público apresará a quienes soliciten servicios sexuales, el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, intenta atrapar tiburones con sardinas como carnada y aborda por la rama una industria de la prostitución que moviliza enormes recursos y con probada influencia en sectores de poder y anaqueles altos de la sociedad.
Para empezar, el Código Laboral ni ninguna ley en particular prevé sanción de apremio corporal o multa a las personas de cualquier sexo que de manera individual ofrezca dinero por sexo, salvo en el caso que la propuesta sea dirigida a un menor de edad, quien conforme a la legislación, carece de capacidad y calidad para contratar.
Lo que sí condena taxativamente ese código es la trata de blanca o el comercio ilegal de personas para la explotación sexual, que en República Dominicana constituye una gran industria que se afirma cuenta con padrinazgo de autoridades indignas.
Sin pretenderlo, el procurador Domínguez Brito se expone a lo ridículo al instruir a la Policía apresar y someter a la justicia a los ciudadanos que retribuyan con dinero un servicio sexual, en razón de que los elementos constitutivos de ese delito no están descritos en la ley, a menos que se incurra en infracciones accesorias, como atentado al pudor o violación al Código del Menor.
El procurador no debería ignorar que aquí operan redes de trata de blanca, como el caso expuesto por El Nacional en su edición del 13 de enero de este año, que daba cuenta de que las autoridades investigaban un grupo con ramificaciones internacionales que llegó a reclutar a decenas de jóvenes de origen campesino para llevarlas a países de Europa y América Latina donde son obligadas a prostituirse.
Ha de ser de conocimiento del magistrado Domínguez Brito las sostenidas denuncias de que en Boca Chica, Sosúa y otros lugares de incidencias turísticas operan centros de prostitución, en muchos de los cuales se ofrecen los servicios sexuales de niñas y adolescentes, lo que sí constituye una infracción criminal.
¿Cuáles serian las herramientas jurídicas y logísticas que usaría el Ministerio Público para apresar a cualquier mortal que ofrezca dinero a una trabajadora sexual? ¿En cuál delito o crimen se incurre si una mujer mayor de edad requiere el pago por pernoctar con un hombre en una cama?
Tal parece que el procurador general ha optado por jugar nintendo frente a un problema tan serio como lo es la trata de personas para la explotación sexual que aquí opera como una industria millonaria con ramificaciones inimaginables. Por lo pronto, las trabajadoras sexuales tendrán que realizar sus transacciones comerciales por vía electrónica hasta que concluya la cacería de brujas.

