Opinión

CARTAS DE LOS LECTORES

CARTAS DE LOS LECTORES

Ley del Notariado

Señor director:

(y 2)

Pues el pretendido artículo 1, párrafo VII devendría en inconstitucionalidad, debido a que los fondos de pensiones a que se hace mención en los indicados artículos 10 y 12 de la indicada Ley 89-05 son derechos adquiridos del colectivo de los notarios dominicanos y el legislador no puede disminuir ni mucho menos dejar a discreción del Consejo Directivo la distribución de esos fondos.

Y es que no se puede pretender que con la aprobación de una ley que modifique derechos adquiridos del colectivo de notarios, se eliminen ilícitos penales cometidos por quienes en la actualidad dirigen el Consejo Directivo del Colegio Dominicano de Notarios, derivados de la utilización ilegal de los fondos de pensiones consignados en los artículos 10 y 12 de la Ley 89-05, pues en nuestro ordenamiento jurídico esta Ley será declarada inconstitucional por las razones antes indicadas

El legislador debió tomar en consideración las observaciones presentadas en fecha 25/01/2013, que protegen los derechos adquiridos de todos los notarios y se disponga que los fondos provenientes del recibo de legalización notarial y otros ingresos, sean destinados de la manera siguiente: el 35% para sufragar los gastos y actividades del Colegio Dominicano de Notarios, el 15% para la Escuela Nacional de Capacitación (ECANOT) y el 50 % para el Fondo de Pensiones y Jubilaciones del Notario Dominicano.

Y es que el proyecto de Ley del Notariado Dominicano como está concebido vulnera derechos fundamentales y garantías constitucionales, como el derecho de participación y al sufragio, como es el artículo 1, párrafo III, numeral 1, del proyecto de Ley al disponer que establece: “La Asamblea General. Es el órgano máximo de dirección y estará constituido por todos los miembros que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones”, pues tal disposición limita derechos adquiridos consignados en el artículo 2 de la Ley 301 del Notariado Dominicano y convierte a dicho gremio en un sindicado cualquiera, donde pertenecer al mismo deja de ser una condición obligatoria.

Es por ello que preocupado por el futuro de más del 60% de los notarios que en estos momentos pasan la edad de 60 años, nos vemos precisados en hacer un llamado al presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez Durán, al Presidente del Senado de la República, doctor Reynaldo Pared Pérez, para que, en vista de que el proyecto aprobado perimió, sea designada una comisión bicameral para que proceda a la consulta pública sobre el indicado proyecto de Ley y no se vulneren los derechos de los Notarios Dominicanos.

Atentamente,

Teófilo Rosario Martínez

Abogado

El Nacional

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