La Constitución establece, desde el artículo 96 hasta el 113, todos los pasos que deben seguir los congresistas para aprobar un proyecto y, si se viola un procedimiento, la ley es inconstitucional.
Entonces, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, se sigue un procedimiento con los proyectos recién llegados: cuando inicia la sesión, se formaliza su entrada al hemiciclo. Pero, el presidente del Senado o de la Cámara de Diputados los envían “a comisión”.
Las cámaras se sustentan sobre comisiones de trabajo, estas son, por ejemplo, Comisión Permanente de Interior y Policía, que estudia las iniciativas de seguridad ciudadana; Comisión Permanente de Salud, Comisión de Educación, Medio Ambiente, Comisión de Turismo, etc.
Además de las comisiones permanentes, los presidentes del Senado y Cámara de Diputados pueden crear comisiones especiales para estudiar y rendir informes sobre determinados proyectos, a fin de agilizar su estudio y aprobar con prontitud.
También dependiendo de los intereses políticos del Congreso y el Poder Ejecutivo, se crean las comisiones bicamerales. O sea, integradas por las dos cámaras, el Senado y los diputados. Ahí convergen diputados, senadores y los asesores expertos en los temas en cuestión de ambas cámaras.
La finalidad es que los proyectos se aprueben con mayor celeridad, ya que donde los proyectos se detienen más en el Congreso es en las comisiones. Aquí es donde realmente se elaboran y se logra el consenso de los temas en conflicto. De esta forma, se logra un consenso entre diputados y senadores, haciendo que todo fluya más rápido al momento de aprobar una iniciativa.
La asamblea o hemiciclo lo que hace es aprobar o rechazar los proyectos, mientras las comisiones realizan los trabajos de campos, vistas públicas, entrevistan a distintos sectores, buscan el consenso y rinden su informe a la asamblea.
Como se sabe, al estar integrados senadores y diputados (de los distintos partidos) en una comisión bicameral, cuando corresponda o llegue el proyecto al Senado o Cámara de Diputados, no es necesario volver a remitir a estudio en una comisión, pues ya fue estudiado por los expertos de ambos lados.
No para todos los proyectos se crean comisiones bicamerales, sino que es para casos especiales, como el proyecto de presupuesto anual del Estado, que remite al Congreso el Poder Ejecutivo.
Por: Roberto Valenzuela