El Tribunal Constitucional conoció esta mañana dos acciones de inconstitucionalidad de las leyes que aprueban el Presupuesto General del Estado y la que autoriza al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda la emisión y colocación de valores de deudas públicas.
La acción de inconstitucionalidad que ataca dicha norma legal fue incoada por Eulogio José Santaella Ulloa, Emmanuel Esquea Guerrero, Leopoldo Andrés Franco Barrera, Federico Lalane Jos, Jaime Fernández Quezada y Chery Jiménez Alfa, quienes solicitaron que dichas leyes sean declaradas inconstitucionales porque fueron aprobadas el mismo día en dos lecturas consecutivas y una de ellas en una sola discusión.
La alta corte dio un plazo de cuatro días para que los demandantes (accionantes) contesten un escrito que presentó el Poder Ejecutivo, en calidad de interviniente voluntario y cual plazo concedió para las replica por parte de los representantes legales de las cámaras de Diputados y del Senado.
El abogado Emmanuel Esquea Guerrero adujo que el Senado y la Cámara de Diputados aprobaron esas dos iniciativas en violación a la Constitución de la República y un principio del Tribunal Constitucional, que establece que hay que esperar 24 horas para conocer una ley después de ser aprobada en primera lectura.
“De manera que al aprobarla se cometió una violación a la Constitución, por lo que solicitamos que se declare la inconstitucionalidad de esas leyes”, señaló Guerrero.
Mientras que la parte demandada solicitó al tribunal que declare la celeridad del conocimientos de las dos acciones de inconstitucionalidad, donde no hubo oposición de la parte demandante.
En tanto, el Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo otros recursos de inconstitucionalidad de las leyes de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, así como una sentencia de la Suprema Corte de Justicia.