Editorial

Despropósito

Despropósito

El artículo 39 de la Constitución, que establece que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, pretende ser puesto en entredicho en una propuesta de modificación al Código Penal que reduce a simple delito correccional la violación sexual cuando es perpetrada por esposo o pareja.

La comisión bicameral del Congreso Nacional que estudia las modificaciones sugeridas en el Código Penal habría acordado reducir el rango de pena señalada en el texto vigente para ese tipo de crimen, de cuatro a diez años, a uno de seis a 12 meses.

El senador Ramón Rogelio Genao (PRSC-La Vega) considera que la violación sexual entre pareja debe ser más leve que la perpetrada contra un tercero, al considerar que en ese caso no se ejerce la violencia para cometer el acto, bochornoso criterio que al parecer fue acogido por la mayoría de los legisladores comisionados.

Genao fue todavía más temerario en sus consideraciones al expresar que “no se puede sancionar como si fuera una violación a un tercero, a una gente que tiene una relación normal, garantizada con consecuencias civiles”, un juicio jurídico que coloca a la mujer casada o con unión consensual como un objeto de pre venta.

El artículo 332 del Código Penal, establece igualdad de pena contra quien incurra en una actividad sexual no consentida, así sea en una relación de pareja, porque los elementos constitutivos de ese crimen: “empleo de fuerza, intimidación o amenaza, son similares, sin que un contrato civil o una unión consensual obren como atenuante”.

Es insólito que se plantee reducir las consecuencias penales por la comisión de un crimen como lo es la violación sexual solo porque el agresor estaría prevalido de la condición de esposo o pareja, como si el daño infligido no fuera el mismo tipificado en la ley, de un ayuntamiento ejecutado con violencia y sin consentimiento.

Es claro que la mayoría de diputados y senadores integrantes de esa comisión bicameral no guardan ninguna consideración y sí menosprecio hacia los derechos de la mujer y de la familia, al considerar que la condición de matrimonio o unión voluntaria es igual a instaurar un régimen de esclavitud y discriminación.

Reducir la violación sexual entre parejas a infracción correccional o de simple policía constituye una ofensa a la dignidad de la mujer, una transgresión a la Constitución de la República que consagra el principio de igualdad ante la ley, y un inaceptable despropósito.

El Nacional

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