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Duarte, mujer y Constitución

Duarte, mujer y Constitución

Chiqui Vicioso

Nunca he negado que mi padre de la patria favorito es Duarte, no por el libro de Don Juan Isidro Jimenes Grull{on, que lo señala como el único verdadero de la triada (este país es una curiosidad, {unico que tiene tres padres de la patria y dos vírgenes son patronas nacionales, por aquello de que mejor que sobre a que falte…). Y lo es por su actitud de total desprendimiento frente a todo: sus bienes familiares y sobre todo el poder.

Cuando en una ocasión le propusieron hacerlo presidente dijo que no lo aceptaría sino era propuesto y ratificado por una Constituyente, y ahí aprendí lo que era ese recurso legal: la ratificacion por la gente, por el pueblo soberano, de la Constitución.

Admiro también su propuesta de Constitucion, que ahora que se debate tanto la “protección de los no-nacidos”, una aseveración my traída por los pelos, me ha obligado a revisar con mucho cuidado lo que dijo nuestro padre de la patria sobre la Constitución y la vida. De lo que escribió rescato estas tres joyas:

1.-“Ningun poder sobre la tierra es ilimitado, ni el de la ley”.
2.-“Todo poder Dominicano deberá estar limitado por la ley y esta por la justicia, la cual consiste en dar a cada uno…(y una), lo que en derecho le pertenece”.

3.-Publicada en 1889, por la revista Letras y Ciencias, el proyecto de Constitucion Duartiana data del 27 de febrero de 1844, y fue aprobada el 6 de noviembre de 1844, en San Cristobal. Consta de un capitulo, seis notas, 24 articulos numerados y ocho sin numerar.

4.-En mi revisión descubri algo que me hubiera ayudado a combatir la medida, retroactiva al 1929, que dejo sin nacionalidad a medio millón de compatriotas, de origen dominico-haitiano, algo sensible para mi que trabaje durante décadas para proteger los derechos de los dominico-americanos en Nueva York: “La Ley no puede tener carácter retroactivo”. Articulo 10, de la Constitución de 1844.

5.-A Duarte lo enviaron al exilio antes de que pudiera concluir su proyecto de Constitucion, no sin antes plantear: “A nadie se le puede obligar a que haga lo que la ley no manda, ni impedir que haga lo que la ley no priva”, y esto se aplica a la vida de nosotras las mujeres, a quien nadie puede condenarnos a la muerte si podemos morir por complicaciones de embarazo, por dogmas religiosos, porque “La ley esta obligada a conservar y proteger por medio de sus delegados y a favor de leyes sabias y justas la libertad personal, social, civil e individual”.

7.-En su cumpleaños quiero una vez mas agradecer a Juan Pablo Duarte su innato sentido de la justicia.

Por: Chiqui Vicioso

luisavicioso21@gmail.com

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