Santo Domingo.-El Gobierno dominicano, a través del Ministerio de Salud Pública (MSP), dispuso este viernes, mediante la resolución 000048 una serie de medidas restrictivas, tras el anuncio del cese del estado de emergencia y el toque de queda por el covid-19, amparado en la Ley General de Salud, la 42.01
El cese del estado de emergencia es a partir del próximo lunes 11 de octubre, pero las siguientes medias entrarán en vigencia a partir del lunes 18 de octubre, cuando los ciudadanos mayores de 12 años deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación, en digital o físico, con el al menos dos dosis de la vacuna contra el covid, para poder acceder a restaurantes, bares, colmadones, discotecas, centros deportivos, gimnasios, tiendas, plazas comerciales, casinos y cualquier otro centro de diversión.
Además, deberán presentar su tarjeta para asistir a los centros educativos, sean públicos o privados, de todos los niveles. También, para asistir a lugares de trabajo con espacios cerrados, y de uso colectivo. Asimismo, para poder usar cualquier sistema de transporte de uso público, sea urbano o interurbano.
A las personas mayores de 12 años que no cuenten con su tarjeta de vacunación, se les exigirá una prueba PCR en original de por lo menos siete días, hecha por el MSP o algunos de los laboratorios autorizados. Esto quedará sin efecto 14 días después de aplicarse su segunda dosis de la vacuna contra el covid.
En caso especial, el MSP dispone que puede otorgar un permiso especial a aquellas personas que no puedan recibir la vacuna por razones médicas.
Medidas preestablecidas
El MSP restableció asimismo la prohibición de expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión, de lunes a viernes a partir de la medianoche (12:00 am) y sábados y domingos hasta las 02:00 de la madrugada, tal como lo establece el decreto 308-06, del 24 de julio del 2006.
Además se mantiene el uso obligatorio de mascarillas en espacios públicos y privados de uso público, así como el distanciamiento físico.
Los establecimientos no podrán permitir más de 75% de la capacidad del espacio y para la realización de actividades que conlleven aglomeraciones, como conciertos y demás, se deberá contar con un permiso del MSP.
El MSP indica que el incumplimiento de las presentes medias conlleva el cierre de los establecimientos y una multa de uno a diez salarios mínimos.
El ministro Daniel Rivera, sugirió a la población que no se ha vacunado a proceder a ir a los centros de vacunación a aplicarse sus dosis correspondientes a la a la primera, segunda y dosis de refuerzo, para obtener las respuestas de los anticuerpos necesarios para enfrentar la pandemia covid-19.
Mediante el decreto 622-21, el Poder Ejecutivo dispuso el levantamiento del estado de emergencia a partir de las 5:00 de la mañana del próximo lunes, 11 de octubre de 2021.
Según el último boletín de Salud Pública, el 568, los que tienen el virus activo en el país suman 7,453 mientras que los registrados desde el inicio de la pandemia son 364,252, de los cuales 352,734 se han recuperado y 1,733,500 ha sido descartados, mientras que los decesos suman 4,065.
En cuanto a Plan Nacional de Vacunación, hasta el momento de redactar esta información, había un total de 12 millones 72 mil 407 dosis aplicadas, de los cuales 6,115,991 corresponden a la primera dosis, 4,956,157 a la segunda y 1,000,259 a la dosis de refuerzo.