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Fideicomiso, ¿qué es eso y su papel en RD?

Fideicomiso, ¿qué es eso y su papel en RD?

Una controversia se ha suscitado en el país a través de los medios de comunicación, convirtiéndose además en tendencia durante varios días en redes sociales, luego que se diera a conocer la intensión del Gobierno de transferir a un fideicomiso público todos los bienes y derechos de la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC) por un periodo de 30 años.

Aunque todo inició el día 3 de septiembre del año 2021, cuando el presidente Luis Abinader emitió el decreto 538-21 sobre CTPC, no fue hasta el pasado 11 de enero que el tema de dicho contrato llamó la atención, luego de ser aprobado en la Cámara de Diputados y enviado de inmediato a comisión a su llegada al Senado.

Como explica dicho decreto, en su artículo 2, el objeto del fideicomiso es la creación de una estructura de gestión independiente para la administración transparente y eficiente del patrimonio del fideicomitido, con el propósito de asegurar la adecuada operación de las plantas de Punta Catalina así como la ejecución de las actuaciones y obras necesarias para su conservación y mantenimiento.

Es bueno aclarar que este reportaje no tiene la intensión de explicar de qué se trata el fideicomiso de Punta Catalina, sino más bien tratar de ayudar a que se comprenda qué es un fideicomiso, su origen y cuáles son sus partes y características.

Lo primero que se debe saber es que no es la primera vez que el presidente habla y trata de implementar un fideicomiso, pero sí es la primera vez que se arma un reperpero con este tema.

El 10 de noviembre de 2021, mediante el decreto 729-21, el presidente Abinader dispuso la conformación de un fideicomiso público para la administración, pago y garantía de la transformación de la Policía Nacional.

Al igual que en el fideicomiso de la Central Termoeléctrica Punta Catalina el Poder Ejecutivo establece que este tendrá una duración de 30 años a partir de la fecha de suscripción del contrato y que su objeto será, la gestión, capacitación, administración y operación de los recursos que fueren aportados al patrimonio del fideicomiso.

¿Pero qué es?
Se llama fideicomiso al acto jurídico (contrato) por medio del cual una persona, llamada fideicomitente (cliente), transfiere bienes a una persona llamada fiduciario, para que este los administre o disponga de ellos en favor de un fideicomisario o beneficiario, que puede ser el propio fideicomitente.

Personales
El primer elemento del fideicomiso es el fideicomitente que es la persona natural o jurídica dueña de un activo determinado que traspasa en calidad de patrimonio autónomo para que se cumpla un fin ya determinado.

También está el fiduciario o fiduciaria que puede ser una persona natural o jurídica (empresa) que es la persona o entidad que se dedica habitualmente al negocio fiduciario (en este caso la Fiduciaria Reservas, propiedad del Banco de Reservas de República Dominicana).

Por el contrario, el fideicomisario o beneficiario es la persona natural o jurídica a favor de la cual se constituye el fideicomiso, aunque es bueno aclarar que en este caso puede ser el mismo fideicomitente.

Estos contratos ya sean públicos o privados llamados fideicomisos están dirigidos a todo tipo de persona natural o jurídica, las ONG, gobiernos, y por lo general cualquier ente con capacidad de ser dueño de un activo y que tenga un objetivo específico a lograr con dicho activo.

Además el fideicomiso no es un instrumento financiero exclusivo para particulares o empresas con grandes capitales, también está diseñado para ser atender transacciones tan simples como una compraventa de activo, donde el fiduciario funge de intermediario para la formalización y traspaso del bien.

Fideicomisos
Los fideicomisos públicos que es el caso que se trata en este trabajo son instrumentos jurídicos creados por el Estado para cumplir con una finalidad lícita y determinada, con el objetivo de fomentar el desarrollo económico y social de una empresa o entidad a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria.

El objetivo básico de los fideicomisos públicos es representar al Poder Ejecutivo frente a terceros en todo lo concerniente a la gestión legal y administrativa de programa o proyectos públicos, previa instrucción dada, garantizando la transparencia en la administración de los recursos y la ejecución de las metas.

Origen
Algunos textos colgados en web explican que la palabra fideicomiso viene del término latín Fideicommissum, de la unión de las palabras “Fide” que quiere decir confianza o fe; y, “Commissum” que significa comisión, lo que se traduce como un “cometido de confianza”.

En la antigüedad la Fide se basaba en ciertas cualidades humanas, tales como amistad, probidad, lealtad, conciencia intachable y alta moralidad. La fiducia tuvo su origen jurídico en el Derecho Romano Clásico, mediante acciones asimiladas a la buena fe.

EL DATO

Ley No. 189-11
El 16 de julio de 2011 el entonces presidente Leonel Fernández promulgó la Ley No. 189-11 creando así un marco legal unificado para impulsar el desarrollo del mercado hipotecario y de valores de la República Dominicana; en donde también se incorpora la figura del fideicomiso, en aras de complementar la legislación financiera dominicana.

Decreto 277-13
Este instrumento legal emitido por el presidente Danilo Medina, el 3 de octubre de 2013, ordena la constitución de un fideicomiso para la operación, mantenimiento y expansión de la red vial principal de República Dominicana, RD Vial.

Jorge González

Periodista, fotógrafo, reportajista y editor fotográfico de El Nacional