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La nueva Ley 590-16 no es razón para dejar la Policía
La mejor razón para dejar la Policía debe ser el salario, (sueldo cebolla)…
Luego de la publicación de la nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional, 590-16 miles de miembros de la institución policial, alistados y oficiales de todas las jerarquías están solicitando su renuncia de las filas policías a razón de algunas restricciones para realizar otros trabajos remunerados y que según artículo 153 y párrafos, se considerará como faltas muy graves la violación a los mismos.

Lo único lamentable de esta situación es que, sin temor a dudas, la mayoría de estos miembros policiales que hoy se sienten desmoralizados y quieren retirarse del servicio activo son los más capaces, honesto, trabajadores, y también los que viven con mayor dificultad dentro de la institución, ya que los privilegios son para los peores policías y los más corruptos; situación que lamentamos y tarde o temprano lamentará toda la sociedad.

Constitución de la Republica Dominicana, de fecha 13 de junio de 2015, en su “Artículo 144.- Régimen de compensación. Ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia. La ley establecerá las modalidades de compensación de las y los funcionarios y empleados del Estado, de acuerdo con los criterios de mérito y características de la prestación del servicio.”

Que la nueva ley prohíba más de un empleo remunerado no era necesario, si ya lo prohibía la Constitución, como se muestra en el artículo 144, ya citado. La Nueva Ley 590-16 no es razón para salir de la policía ni para preocuparse, si no se a cumplido la constitución y no se ha cumplido la ley 96-04, no hay por que temer porque la nueva ley lo prohíba.

Hago un llamado a todos los policías que hoy se siente desmoralizados por la prohibición del pluriempleo: No hay porque preocuparse, sigan con su pluriempleo o trabajos paralelos que le garantizan tener mejor calidad de vida, a razón que seis mil pesos,($6,000) no son suficientes para mantener una persona y mucho menos para una familia.

No hay Constitución, ley o reglamento, que pueda romper el derecho a una mejor calidad de vida, así que, exhorto a los policías honestos que completan su canasta familiar con otros trabajos remunerados en su tiempo libre de día, de noche o en el fin de semana, sigan trabando con orgullo por su familia, por su patria, no hay que temer, repito. La Constitución es la ley de leyes siempre ha prohibido el pluriempleo remunerado para los funcionarios públicos y nunca se ha cumplido.

En un país totalmente anómico culturalmente, ni la Constitución ni la Ley Orgánica derogada 96-04 ni la ley reciente 590-16, por sí solas resolverán la inseguridad y la violencia en todas manifestaciones.

Ni tampoco la reducción de generales ni un cambio de título de “Jefe de la Policial Nacional” ahora a “Director General de la Policía Nacional” serán garantía de mejor proceder y más eficiencia, eso es retórica o dialéctica vacía para distraer.

La pensión y el Régimen de Reparto Especial para los miembros de la Policía Nacional. Párrafo II, solo aplica a los de nuevos ingresos. No preocupéis.
Dios les bendiga hoy y siempre.

El Nacional

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