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Respuestas: A inquietudes diplomáticas

Respuestas: A inquietudes diplomáticas

Manuel Morales Lama

¿Podría referirse a los denominados  Embajadores “en propiedad”, y cuál es su ámbito de ejercicio y responsabilidad ?

El vocablo Embajador tiene múltiples acepciones, pero es  en el ámbito de las relaciones diplomáticas donde adquiere apropiadamente un contenido específico. En ese contexto debe destacarse que los Embajadores han sido históricamente, y siguen siéndolo hoy, en esencia “missi”, es decir enviados.

Actualmente, el uso del título de Embajador se considera  aplicado debidamente cuando se sustenta en normas convencionales y legislaciones nacionales al respecto, y conforme a los usos establecidos en el Derecho internacional y en el Derecho diplomático.

En las relaciones diplomáticas, Embajador es el cargo que ostenta un jefe de misión diplomática en su más alta categoría (en el ámbito bilateral y en el multilateral). Asimismo el término Embajador  se usa apropiadamente para referirse al rango más alto que establece la carrera diplomática en diversos Estados. 

Obviamente, la  representación del Estado, que corresponde  al  Embajador jefe de misión, demanda el ineludible rigor en su selección, bien sea  de la carrera diplomática, o de la cuota  de los denominados “diplomáticos políticos”.

Tales Embajadores deben ser imprescindiblemente, genuinos representantes de su país (de su cultura e idiosincrasia, de su honorabilidad y  niveles de superación); esa responsabilidad  requiere el fiel  compromiso con  la salvaguarda, y promoción,   de los intereses del  país.  Como también en  la protección (y asistencia) de los nacionales  en el exterior (personas físicas y jurídicas), conforme al Derecho internacional.

Asimismo, deben estar   efectivamente capacitados, para asumir, todas  las responsabilidades propias de este ejercicio (que deben  ser parte esencial   de los objetivos de los programas de los  centros académicos de las Cancillerías),  para lo  cual se  requieren, entre otros fundamentales  estudios, los   que corresponden a las técnicas de  negociación,  esta última,   “eje nodal de toda actividad diplomática”.

Dicha  capacitación,  incluye  también   los conocimientos necesarios     para  realizar  los requeridos  análisis  (económicos y políticos) propios  de las labores de observación e información de la misión.

Asimismo, deben ser capaces de realizar, eficientemente, el fomento de relaciones económicas (promover el comercio, las exportaciones, atraer  inversión extranjera); también  de carácter político (seguridad y defensa); e igualmente  culturales (educacionales  y de transferencia de tecnología); y, por supuesto,  de saber auxiliarse eficientemente de los  medios  electrónicos (que incluyen la   inteligencia artificial). Sobre todo, deben saber desarrollar   fructíferos vínculos de amistad,  y la esencial  cooperación.

Si bien en sus orígenes el jefe de misión diplomática era considerado como el “Embajador de Su Majestad”, actualmente, “en el marco jurídico internacional”, sostiene Carlos de Icaza: “es perfectamente aceptado que un Embajador no representa solo a su jefe de Estado o a su Gobierno, sino a la totalidad de su nación y actúa en nombre de ella”.

Debe recordarse, finalmente,   que el    nombramiento de Embajadores (con su  clasificación  y  atribuciones), bien sea  en el servicio exterior,   en misiones especiales y, por supuesto,  en el servicio interno( en  Cancillería) -en cumplimiento de la denominada alternancia, u otros motivos  establecidos en  la correspondiente legislación-, fueron  tratados, pormenorizadamente,  en  columnas anteriores  del  autor.